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Analistas 28/07/2017

No tienen cómo pagar la multa

Un Tribunal de Arbitramento de la Cámara de Comercio de Bogotá falló el pasado martes en favor del MinTIC y contra Claro (América Móvil de México) y Movistar (Telefónica de España 67,5% y Gobierno colombiano 32,5%). Ambas telcos deben pagar $4,7 billones como compensación por bienes, equipos e infraestructura. Esas redes originalmente fueron desplegadas desde 1994 en adelante por otras empresas que comenzaron a prestar el servicio de telefonía móvil celular en tres regiones del país. Celumóvil, Comcel, Occel, Cocelco, Celcaribe y Celumóvil de la Costa, inicialmente invirtieron en redes de TDMA y CDMA cuando hoy más de 20 años después Claro y Movistar trabajan sobre la tecnología GSM.

En esos contratos iniciales existía una cláusula que explicaba que las seis compañías debían revertir al Estado, no solo el espectro radioeléctrico, sino también la infraestructura. En 1998 una sentencia de la Corte Constitucional y un cambio en la ley, hicieron pensar al sector de telecomunicaciones, que desde 1998 en adelante desaparecía la reversión.

La anterior Contraloría, en cabeza de Sandra Morelli, cuestionó la legalidad de la sentencia de la Corte y desarrolló una serie de iniciativas que se configuraron finalmente en un Tribunal de Arbitramento. Expertos del sector pensaban que la decisión del tribunal se iba a referir a los cuatro años iniciales de operación del servicio, pero sorpresivamente le dieron la razón a Morelli y decidieron incluir los 20 años de 1994 a 2013 inclusive. ¿Cómo calcularon el valor de los bienes? Buena pregunta. No sabemos si usaron la metodología de costo marginal de largo plazo tomando como referencia el costo medio de la red. Perfectamente pudieron tomar el valor de los activos en el balance y restar la depreciación acumulada, o podrían calcular el valor presente neto de los minutos cursados por la red en los diferentes períodos. Todas las metodologías dan cifras diferentes. Ojalá el país sepa en detalle de dónde salió el valor que el gobierno pensaba iba a ser menor.

El ministro TIC, David Luna, dijo que la decisión es buena para el Estado colombiano y explicó que “el tribunal, compuesto por Juan Carlos Cárdenas, María Teresa Palacio y Jorge Pinzón, determinó que la cláusula de reversión del contrato de concesión del año 1994 está vigente y es de obligatorio cumplimiento, lo que significa que, en contratos de concesión del Estado, siempre que terminan, la infraestructura regresa al Estado”.
América Móvil en México y Telefónica en España han anunciado demandas, interponiendo acciones jurídicas en tribunales internacionales. Ojalá en el futuro no se pierdan esas demandas que se suman a las de Gas Natural Fenosa y Anglo Gold. Más allá de las dificultades en determinar el precio en una segunda instancia internacional, las empresas hoy no tienen contemplado en su flujo de caja o presupuesto esa cifra onerosa. Las compañías consideran que el valor es tan alto, que supera el Capex promedio que vienen invirtiendo en los últimos cinco años. Han expresado que es un desincentivo a la inversión extranjera, y lo más lógico es que junto al Ministerio busquen un diálogo para encontrar soluciones a la forma de pago y posibles efectos secundarios de la decisión.

Luna abrió una puerta al decir que Claro y Movistar podrían apelar la decisión. Hoy, la preocupación de todas las partes es que no se sabe cómo van a pagar el fallo. Como siempre los que ya cobraron su parte, los abogados.

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