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Analistas 30/07/2020

Es cierto lo que decía Cornelio Tácito

Jorge Eduardo Londoño
Director General del Sena

En democracia representativa, una de las funciones del Congreso es hacer leyes. Desde antaño, y sobre todo después de que Montesquieu y Locke elaboraran la teoría sobre el principio de separación de poderes, se ha entendido que es a través de ellas como se consolidan los anhelos y esperanzas de la sociedad. Las leyes son, precisamente, aspiraciones ciudadanas plasmadas en una serie de mandatos que involucran derechos y obligaciones, son la regulación de la libertad.

Somos los congresistas, en un estado centralista, los que podemos tramitar leyes, pero esa no es nuestra única función, debemos ser agentes de los intereses regionales en temas como: seguridad, ambiente, salud o educación, con enfoque territorial. Un estudio de la Universidad de la Sabana dejó en evidencia que más de 30% de las normas que gestionamos cada año son inútiles. Si a eso le agregamos la falta de calidad, su legitimidad es bastante cuestionable. Es cierto: en el imaginario colectivo existe la creencia de que el mejor congresista es quien mas leyes propone, sea cual fuere su contenido y utilidad social. Esa exigencia es perversa; a nosotros se nos debería calificar y cuantificar por la calidad de las intervenciones en las comisiones y en las plenarias, por los debates de control político, por la asistencia puntual a las sesiones y, sobre todo, por la manera en que ejercemos el voto.

La excesiva cantidad de leyes trae como consecuencia inseguridad jurídica, inestabilidad en la jurisprudencia, dificultad para la aplicación, por parte de los intérpretes y aplicadores del derecho, pero sobre todo, ilegitimidad del Congreso por cuanto los ciudadanos no entienden cómo, a pesar del cúmulo de leyes existentes su situación no cambia sustancialmente. La ley no debe ni puede convertirse en especie de fetiche que tiene poderes sobrenaturales para resolver complejos problemas. No se trata de cumplir con el formalismo de proponer normas, sino de instar al Ejecutivo para que coadyuve y resuelva las necesidades apremiantes de los sectores vulnerables. El peligro de la exaltación de lo cuantitativo sobre lo cualitativo hace perder la verdadera noción de nuestra función.

En esta pandemia, la exigencia es considerablemente mayor si tenemos en cuenta que el ejecutivo expidió 164 decretos de emergencia económica, social y ecológica, amparado en las facultades del artículo 215 de nuestra Constitución Política, nuestro deber es equilibrar esa función legislativa a través del control político. Muchas voces se han quejado del hiper presidencialismo que campea por nuestra realidad democrática, pero la verdad es que el art. 215 fue magistralmente elaborado y exige la participación de los tres poderes. El Ejecutivo y en cierta medida el Judicial, han cumplido con lo que allí se exige. Nosotros, vergonzosamente no. Hasta hoy, por lo menos en el Senado de la República, no se ha realizado control político a esos Decretos y a pesar de que como bancada hemos insistido, no nos hemos pronunciado sobre la conveniencia y oportunidad de las declaratorias de emergencia. La labor del Congreso es auscultar toda esa normatividad; con sindéresis, profundidad, sentido crítico y pensando únicamente en el bienestar general. Allí, seguramente están establecidos los paliativos o exabruptos que pueden amainar o complicar esta difícil situación. Si es lo primero, aplausos, si es lo segundo tenemos la posibilidad de derogarlos, modificarlos o adicionarlos.

Corolario: mucho cuidado. Esta hipertrofia legislativa es concordante con lo que señalaba el antiguo historiador y político romano, Cornelio Tácito: “ Pessima respublica plurimae leges” ( La república más corrupta es la que tiene más leyes).

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