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Analistas 22/06/2017

Belén de Bajirá es Chocó

Analista LR
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Desde hace varias décadas los departamentos de Antioquia y Chocó han disputado el territorio limítrofe de Belén de Bajirá; territorio, que para el departamento de Antioquia siempre fue un corregimiento del Municipio de Mutatá, y para el departamento del Chocó, un corregimiento de Riosucio hasta el año 2000 que erigió a categoría municipal mediante la Ordenanza 011/00 hoy declarada nula por el Consejo de Estado.

En consecuencia, a petición expresa del departamento de Antioquia; mediante Resolución 485/01 (MinInterior-MinHacienda), se ordenó el deslinde entre los departamentos de Antioquia y Chocó por parte del Igac, lo cual dio inició al trámite de limite dudoso conforme a la Ley 62/39 y el Decreto 1222/86.

En mayo de 2003, el Igac emitió informe técnico en el que señaló que el sector limítrofe comprendido entre la confluencia de los ríos Pavarandó-Sucio; y las cabeceras de río Tumaradocito, merecía un análisis más detallado. Años después, en marzo de 2007, esta entidad radicó un documento técnico accesorio, afirmando que a la fecha no se conocía la existencia del río Tumaradó; sin embargo, el trámite de deslinde no clausuró con una solución definitiva.

Con la expedición de la Ley 1447/11 y su decreto reglamentario 2381/12, se fijó un nuevo procedimiento para el deslinde y amojonamiento de entidades territoriales; adicionalmente, se estableció que todo trámite iniciado previo a la expedición de la norma que no hubiese sido resuelto, se revisaría y actualizaría conforme al nuevo precepto.

A saber:

Según lo señalado en la Ley 1447/11; el Igac con fundamento en esa previsión temporal, expidió la Resolución 542/14 con el objeto de revisar los límites de los departamentos de Chocó y Antioquia.  Dicha revisión, concluyó en 2016 con la elaboración de un informe técnico presentado ante el Congreso de la República el cual determinó que la Ley 13 de 1947 -por la cual se creó el departamento del Chocó-, no era contraria a la realidad geográfica; sino que en efecto, la delimitación en ella contenida, coincidía con la realidad geográfica. Situación, ratificada por la Sociedad Geográfica de Colombia al argüir que los límites descritos en la citada ley rimaban con la realidad geográfica.

Las COT de Senado y Cámara después de varias audiencias, entre otras, la celebrada en Belén de Bajirá el 3 de noviembre de 2016; en proposición aprobada el 14 de diciembre de 2016 en sesión conjunta, devolvió el expediente al Igac por no cumplir con los elementos esenciales de límite dudoso que trata la Ley 1447/11. Corolario, no hay límite dudoso.

Así las cosas y teniendo en cuenta que conforme a la proposición aprobada antes referida no existe límite dudoso alguno; es contrario a la Constitución y a la Ley, que desde algunas entidades se estén desconociendo derechos que legal y ancestralmente como ente territorial tiene el Chocó y en particular la población bajirense.

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