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Analistas 06/08/2026

La distorsión fatal de las consultas previas

Brigitte Baptiste
Rectora de la Universidad Ean

Las consultas previas en Colombia se definieron al mismo tiempo que se adoptaba la nueva Carta Constitucional en el año 1991, mediante la proclamación de la Ley 21 que reconocía las decisiones del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre pueblos indígenas y tribales. El loable propósito era proteger la integridad cultural, social, económica y territorial de los pueblos indígenas y comunidades étnicas, garantizar su participación efectiva en las decisiones que pudiesen afectarlos directamente, promover un diálogo intercultural de buena fe (mi énfasis) entre el Estado, las empresas y las comunidades, y buscar acuerdos o consentimiento respecto de medidas, obras o proyectos que impactasen sus territorios, formas de vida o derechos colectivos. Hasta ahí, perfecto, incluso con la extensión de sus efectos a pueblos y territorios afro. Escazú también ratifica esta perspectiva al enfatizar la transparencia requerida en las negociaciones interculturales.

El consentimiento informado previo, producto de una consulta, es un instrumento indispensable para que aquellas comunidades que puedan ver afectados sus modos de vida se pronuncien sobre aquellas propuestas que actores externos, pensadas en el bien común y promovidas y vigiladas por el Estado, traigan a consideración. Con el tiempo, como ocurre con la mayoría de acciones definidas para “equilibrar la cancha”, mucha gente aprendió a vivir a costa de los procedimientos instaurados para las consultas, pero peor, creó la condición perfecta para que apareciesen de la nada pueblos o comunidades locales creadas ante la posibilidad de recibir algún beneficio producto de la negociación. Como la identidad indígena y las deudas históricas de la sociedad mayor con las comunidades no son asuntos biológicos, ni siquiera lingüísticos, sino políticos, el Ministerio de Gobierno no tuvo más alternativa que dejar que el territorio se convirtiera en un hervidero de comunidades emergentes reclamando derechos, bloqueando vías y acusando a la Nación de violar todos los tratados internacionales.

El problema que trae la distorsión de la consulta previa tal y como se está aplicando, es que anula, en vez de complementar, la consulta mayor que proviene de la expresión de la voluntad de las mayorías en el sistema de la democracia representativa: millones de colombianos nos vamos a quedar sin gas o luz porque no basta con que una evaluación de impacto ambiental, que incluye consideraciones sociales, concluya que un proyecto es viable. Pero es comprensible que eso pase: el mecanismo se constituyó en un incentivo perverso que está siendo utilizado a favor de quienes hacen un cálculo de costo/beneficio y pueden adoptar la identidad o condición que más les convenga para obtener beneficios del Estado. Sucede con casi todos los sistemas de subsidio o acción afirmativa cuando no se definen condiciones más estrictas de operación: si el seguro de desempleo acaba siendo subjetivamente más satisfactorio que un trabajo duro, por más que este sea remunerado, se escogerá la línea de menor esfuerzo. Marvin Harris escribió innumerables textos acerca de la distorsión de los instrumentos económicos que promueven el cambio cultural, porque instauran regímenes artificiales e insostenibles: si hay que pagar para que los demás permitan hacer lo que la mayoría quiere o necesita, lo peor que puede pasar es que lo acepten. Se trata de un mercado mal diseñado que, por supuesto, no recibe las críticas de quienes acaban beneficiándose de él sin contraprestación.

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