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Si una empresa o establecimiento incumple de alguna forma con esta legislación puede ser sancionada con multas que van desde un salario mínimo mensual legal vigente hasta 5.000 salarios mínimos
Los esfuerzos internacionales por la protección del ambiente se han hecho más evidentes y actualmente permean la legislatura. En Colombia, este es el caso de la ley que prohíbe los productos plásticos de un solo uso y cuya primera fase entró en vigencia el pasado julio.
De acuerdo con Diego Botero Murillo, abogado especialista en derecho administrativo, la promulgación de la Ley 2232 de 2022 marca "un antes y un después en la lucha contra la contaminación plástica en Colombia.Esta ley no solo establece un marco claro para la reducción del uso de plásticos de un solo uso, sino que también refuerza la importancia de un cambio estructural hacia un modelo económico basado en la sostenibilidad y la economía circular".
Las empresas y establecimientos tuvieron entonces que renunciar al uso de los elementos plásticos tales como las bolsas plásticas de punto de pago, las bolsas de las tiendas de los supermercados, entre otros.
También entraron en la prohibición las bolsas de lavanderías, para empacar periódicos, revistas, facturas y los rollitos de bolsas que están dispuestos en los establecimientos comerciales para pagar productos a granel, así como pitillos mezcladores, copitos y los palillos que se utilizan para sujetar los globos de inflar”. Y el segundo grupo entrará en prohibición en 2030.
En el segundo ciclo entrarían sobre todo aquellos que refieren a los recipientes y bolsas que contienen líquidos para consumo inmediato, los platos, bandejas, cuchillos, el confeti, las serpentinas y la ley también incluye las láminas que se usan para servir, empacar o envolver alimentos; los mangos de los hilos dentales; las etiquetas los empaques de recipientes que se usan para la comercialización de alimentos, frutas, verduras, entre otros.
Si bien, en su momento se afirmó que esta ley impactaría en las empresas de forma significativa,estos elementos que entraron en prohibición habían sido anunciados desde hace dos años con el fin de que e las empresas del sector real de la economía de la industria del comercio contaran con dos años para adecuarse a esas provisiones. De hecho para el segundo ciclo, tienen ocho años más.
Ante este panorama, si una empresa o establecimiento incumple de alguna forma con esta legislación y no detiene el uso de los plásticos de un solo uso, según lo dispuesto en la ley 2322 de 2022, puede ser sancionada con multas que van desde un salario mínimo mensual legal vigente hasta 5.000 salarios mínimos, explicó Juan Francisco Navarrete González, abogado en Navarrete Consultores.
Las sanciones, de acuerdo con el experto, son impuestas por las autoridades ambientales competentes, y las multas dependerán de la gravedad de la infracción, la reincidencia, y los daños causados al medio ambiente. Además, en algunos casos, se pueden imponer sanciones adicionales, como la suspensión temporal de la actividad productiva por un periodo de tiempo no mayor a un mes o en casos extremos, la clausura definitiva del establecimiento.
Botero puntualizó que "además, las sanciones pueden incluir el decomiso de productos y la clausura temporal o definitiva de establecimientos que violen las disposiciones de la ley".
Ana María Omaña, asistente legal en Riveros Victoria Abogados, afirmó sobre el marco legal que regiría estas violaciones a la ley que "el parágrafo del mismo artículo 25 prevé que, frente a las sanciones, la ley aplicable será la ley 1333 del 2009 y sus modificaciones, que establece el procedimiento sancionatorio ambiental, esta ley se aplicará hasta que se expida una ley que la sustituya".
"Las sanciones varían según el caso, donde se evaluará la magnitud del incumplimiento, la condición económica de la persona que realizo la conducta y si es reiterada"
"Según lo dispuesto en la ley, las empresas que incumplan con las disposiciones pueden ser sancionadas con multas que van desde uno hasta 5.000 salarios mínimos"
La experta indicó que la ley en su artículo 2, numeral 2 define el concepto de alternativas sostenibles, siendo estos los materiales que remplazaran los plásticos de un solo uso: "materiales no plásticos reutilizables o biodegradables o plásticos biodegradables en condiciones ambientales naturales, reglamentados para el reemplazo progresivo de plásticos de un solo uso".
En la ley se considerarán como alternativas sostenibles aquellos productos que son elaborados de materiales plásticos reciclados y que pasen por un proceso de reciclaje efectivo, que cuentan con una cadena de valor debidamente constituida que permite su aprovechamiento, o que se encuentran sometidos a metas individualizadas por tipo de producto y/o polímero establecidas en el marco de un modelo de economía circular y de Responsabilidad Extendida del Productor.
Señaló también que el Ministerio de Ambiente y desarrollo sostenible tiene un periodo de 12 meses desde la entrada en vigencia de la ley 2232 de 2022, es decir hasta el 7 de julio de 2025 para regular requisitos específicos para los materiales que remplazaran a los plásticos de un solo uso.
Además, se debe considerar que la ley también establece excepciones de plásticos de un solo uso que pueden seguir en el mercado. Estas excepciones incluyen plásticos utilizados en aplicaciones médicas, en la industria de alimentos y bebidas que sean necesarios para garantizar la salud y la seguridad, así como los plásticos que son parte de envases que contienen productos farmacéuticos o de higiene. Además, se permiten los plásticos que son reutilizables y aquellos que son reciclables y que cumplen con regulaciones específicas.
Al respecto de estas excepciones, Botero agregó que estas cubren situaciones específicas, como el uso de plásticos en contextos médicos por razones de asepsia, o para la conservación de productos farmacéuticos y alimentos de origen animal que requieren protección especial por razones sanitarias. "También se permite el uso de plásticos cuando no existen alternativas viables que cumplan con los mismos niveles de seguridad o funcionalidad", concluyó.
De acuerdo con Global Data, 87% de los consumidores en Colombia encuentran muy atractiva las opciones de alimentos a base de plantas