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EDITORIAL

Las cortes deben ser garantía de Estado de derecho

sábado, 4 de marzo de 2023

Los debates siempre serán bienvenidos y más si involucran a los tres poderes cuando entran en conflicto, debe acabar la moda de vulnerar la constitución para mostrar gestión pública

Editorial

La Constitución de la República de Colombia instaura tres poderes como pilares fundamentales del funcionamiento del Estado que se basa en la aplicación plena del derecho.

La suspensión que ordenó el Consejo de Estado del decreto del Gobierno Nacional con el cual el presidente, Gustavo Petro, pretendía asumir las funciones regulatorias de los servicios públicos, es una muestra de que el Ejecutivo no está por encima de las cortes ni de la Carta Magna; a lo que se sumó la Corte Constitucional al recalcar la facultad que tiene para suspender leyes temporalmente.

“Como regla general, la Corte ha señalado en el pasado que no procede la suspensión de normas, como medida provisional. No obstante, en casos excepcionales, frente a una norma abierta o manifiestamente incompatible con la Constitución que pueda producir efectos irremediables o que lleven a eludir el control de constitucionalidad, es necesario que la Corte adopte medidas, también excepcionales, orientadas a impedir la producción de efectos del acto objeto de control”, toda una suerte de jurisprudencia que obliga a los congresistas y el Ejecutivo a actuar en consecuencia.

Con esto se debe acabar la cultura de los ministros y los congresistas de tramitar leyes inconstitucionales en su totalidad o en algunos artículos para beneficiarse mientras las cortes los derogan, una viveza política que ha sido especialmente dañina en las reformas tributarias cuando el ministro de Hacienda de turno redacta artículos con nuevos impuestos que sabe se van a caer y el Estado debe devolver el dinero.

Mientras los altos tribunales actúen en derecho, las fuerzas vivas de la sociedad pueden dormir tranquilas, máxime cuando se atraviesa por un momento en que el Gobierno Nacional de turno ve la destrucción de lo construido como una herramienta de cambio, descartando en muchas ocasiones que se puede edificar sobre más de 200 años de historia.

Más que para el Ejecutivo, las últimas decisiones de las cortes son un campanazo de alerta para los congresistas que aprueban normas, leyes y dictan disposiciones sin conocer de constitucionalidad. El problema que se desprende de los últimos acontecimientos legales que involucran el Presidente y a las altas cortes es que en determinados momentos el poder judicial puede montar una suerte de filtro administrativo por el que se le juzgue de pretender cogobernar.

Ha sucedido algunas veces en las últimas décadas que algunas decisiones de las cortes son unos auténticos palos en la rueda para el Congreso y el Presidente, pero cada acontecimiento debe verse como independiente y en estos casos no se puede hacer presentismo, pues las decisiones de los poderes son producto de sus momentos históricos.

En lo que concierne a frenar la injerencia directa del Presidente en la regulación de los servicios públicos es oportuno para la seguridad inversionista, pero no exime ni aprueba a las polémicas Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) y la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) de mejorar sus roles y funciones en esta coyuntura; no dejan de ser entidades politizadas sin mayor protagonismo en un momento en el que se asoma un racionamiento y los precios de los servicios públicos son un auténtico motor inflacionario que tiene a las familias en aprietos económicos.

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