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Diésel, soluciones aplicables en los precios

jueves, 30 de enero de 2014
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Jairo Herrera Murillo

El tema del combustible siempre será de primer orden para el transporte público de carga y de pasajeros, toda fórmula de liquidación de su precio siempre será cuestionable, siendo nuestro país productor del insumo, que como consumidores no vemos razón alguna para la imposición del precio interno, tomando como referencia el precio internacional.

Existen suficientes ejemplos en otros países que no son productores de petróleo y sin embargo su precio interno es más bajo que el colombiano.

La postura gremial de Asecarga es volver a insistir en la regulación del precio para todo el país, suprimiendo la llamada “libertad vigilada” y por ende la discrecionalidad de aumentar el precio a cargo del distribuidor minorista.

Proponemos suprimir la liquidación del precio del combustible. Nuestro argumento es simple si se revisa la liquidación de los impuestos global, IVA y sobretasa, hoy acumulados y que se vienen realizando en forma acumulada o en cascada. Cambiando a una liquidación individual por cada impuesto, tomando como precio base de la liquidación el precio de producción determinado por Ecopetrol, que es a su vez, el que sirve como precio base para facturar a los grandes distribuidores.

Este cambio en la liquidación es solamente un ejercicio justo con el consumidor, pues no es de buen recibo continuar con el sistema de liquidación acumulada, que en otras palabras significa una liquidación como si fuera un interés compuesto, sistema de liquidación que utilizan personas dedicadas al agio.

Suministro del diésel a precio de distribuidor mayorista es otra medida que le daría al servicio de transporte soluciones tangibles en el manejo de los precios de su principal insumo, el diésel.

Existen suficientes justificaciones para que se adopte esta política de distribución directa entre el distribuidor mayorista y el consumidor (transportador), considerándose que el transporte en su conjunto es el principal consumidor del diésel, bien sea a través de las estaciones de las mayoristas o de las que se organicen para tal efecto.

Esta determinación mínima representa un ahorro de $400 por galón, suma que corresponde al margen de distribución a favor del minorista, dinero que se traslada al consumidor que acredite ser servicio público mediante la implementación de una tarjeta inteligente de consumo.

Actualmente se beneficia de esta prerrogativa el servicio de transporte masivo de pasajeros de las grandes ciudades, operadores que fueron calificados como grandes consumidores al tenor de varias disposiciones vigentes del Ministerio de Minas y Energía.

O fijación de un techo al precio del diésel. Esta medida se justifica en el diésel porque este es un insumo destinado a mover la industria y la economía del país, y porque nosotros los transportadores somos sus principales consumidores, que hacemos empresa, generamos empleo, fomentamos el crecimiento y desarrollo de Colombia con la movilización de las mercancías de exportación e importación o con las personas que requieren del servicio para trasladarse.

El dinero que se puede ganar en el llamado “Costo De Oportunidad”, también se puede ganar en el crecimiento económico y competitividad del país, en la generación de divisas, etc.

Fijación de un techo al costo del combustible
El efecto de esta medida justifica la adopción de esta política, puesto que seguramente los índices de costos que maneja el Dane disminuirían, por ende los costos de referencia sobre los cuales se cotizan los fletes en el transporte de carga o se liquidan las tarifas por el transporte de pasajeros, generándose con ello mayor competitividad y producción en la actividad transportadora del país.

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