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Remesas en México.
El gravamen sería una represalia por un supuesto incumplimiento de la legislación para impedir la importación de productos hechos con mano de obra forzosa
La Representación Comercial de Estados Unidos (Ustr) propuso este martes imponer un arancel de 10% a México por importar productos fabricados con mano de obra forzosa, como parte de una investigación que continuará con consultas públicas.
En general, al amparo de la Sección 301, la Ustr plantea cobrar aranceles de 10 a 12,5% a importaciones relacionadas sobre este caso a 60 economías.
Como resultado de estas determinaciones en las investigaciones, la Ustr ha propuesto medidas de respuesta para consulta pública.
Para las economías que imponen una prohibición a la importación de productos elaborados con trabajo forzoso, que se han comprometido a imponer y hacer cumplir dicha prohibición mediante un Acuerdo sobre Comercio Recíproco, o que han impuesto un régimen parcial que impide la importación de ciertos productos elaborados con trabajo forzoso, la Ustr propone un arancel adicional de 10%.
Para todas las demás economías, plantea un arancel adicional de 12,5%. También propone un mecanismo para el sector textil que permitiría la entrada a los Estados Unidos de un determinado volumen de prendas de vestir y textiles procedentes de ciertas economías con una tasa arancelaria reducida en virtud de la Sección 301.
El 17 de febrero de 2023, México publicó el Acuerdo que Establece Las Mercancías cuya Importación está Sujeta a Regulación a Cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. La medida establecía que los bienes importados a México bajo cualquier partida arancelaria no debían haber sido producidos total o parcialmente mediante el uso de trabajo forzoso u obligatorio
La medida de México define “trabajo forzoso u obligatorio” de conformidad con el Convenio sobre el trabajo forzoso.
En vista de lo anterior, la medida mexicana prohíbe legalmente la importación de bienes producidos con trabajo forzoso. Por consiguiente, no encontramos que México haya omitido imponer una prohibición de importación de bienes producidos con trabajo forzoso.
Pero la Ustr expuso que la información disponible indica que México no está haciendo cumplir eficazmente su prohibición de importación de bienes provenientes de trabajo forzoso.
“No hay evidencia de que México haya tomado medidas para prohibir la importación de bienes provenientes de trabajo forzoso desde que la medida entró en vigor en mayo de 2023”, concluyó.
Los informes sugieren que la Agencia Nacional de Aduanas de México (Anam) desestimó una petición recibida bajo dicha medida tras un proceso poco transparente con escasa participación de trabajadores, sindicatos o la sociedad civil.
Según la Ustr, México tampoco parece haber tomado medidas con respecto a los bienes que presentan un riesgo conocido de trabajo forzoso. Por ejemplo, la Ustr desconoce cualquier acción que México haya tomado para investigar la importación de mercancías sujetas a Órdenes de Retención de Mercancías o Hallazgos de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP).
Además, expuso que existen preocupaciones significativas de que las mercancías prohibidas para ingresar a los Estados Unidos debido al trabajo forzoso sean reexportadas a México.
Para la Ustr, México también carece de algunos de los ocho elementos que la investigación independiente identificó para determinar si una prohibición de importación de trabajo forzoso será efectiva, como una lista de entidades públicas y una presunción refutable.
“Dados estos riesgos conocidos, la completa falta de acción de cumplimiento por parte de México indica que México es deficiente en obligar al cumplimiento de su prohibición de importación de trabajo forzoso de manera que produzca el efecto deseado”, dijo.
Observó que los problemas de implementación pueden obstaculizar la capacidad de México para hacer cumplir eficazmente su prohibición de trabajo forzoso.
Los informes públicos han documentado problemas relacionados con la falta de criterios públicos de admisibilidad, plazos definidos y procedimientos para el intercambio de información con las autoridades aduaneras.
“Sin embargo, también observamos que México ha colaborado de buena fe con los Estados Unidos para tratar de abordar nuestras preocupaciones con respecto a la implementación de su prohibición de importación de trabajo forzoso”, acotó.
En vista de todo lo anterior, la Ustr consideró que México no está haciendo cumplir de manera efectiva su prohibición de importar productos fabricados con mano de obra forzosa
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