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Mario Marcel, ministro de Hacienda de Chile. Foto: Bloomberg
HACIENDA

El Senado de Chile le da el visto bueno al impuesto a la riqueza desde US$5 millones

martes, 24 de enero de 2023

Mario Marcel, ministro de Hacienda de Chile. Foto: Bloomberg

Foto: Mario Marcel, ministro de Hacienda de Chile. Foto: Bloomberg
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Chile

La oposición rechazó la iniciativa, indicando que aleja las inversiones y que los altos patrimonios abandonarán Chile rápidamente

Diario Financiero - Santiago

La comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados aprobó en votación dividida -siete a favor del oficialismo más la DC y cuatro en contra de la oposición- establecer un impuesto al patrimonio o a la riqueza, uno de los aspectos más debatidos de la reforma tributaria y que -al cierre de esta edición- se votaba en su articulado hasta total despacho para ser enviado a la Sala.

Mientras el oficialismo defendió el nuevo tributo, apuntando a la necesidad de que los que poseen más puedan aportar más para recaudar mayores recursos y así avanzar en mayores beneficios sociales; desde la oposición se indicó que esta normativa aleja inversiones y los altos patrimonios abandonarán Chile.

El ministro de Hacienda, Mario Marcel, señaló que el impuesto al patrimonio grava a personas naturales o con domicilio o residencia en Chile cuando su patrimonio supere el equivalente a 6.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), unos US$5 millones; a quienes tengan un patrimonio entre 6.000 UTA y 18.000 UTA se les gravará con una tasa de 1%; y los que exceden de 18.000 UTA, con una tasa de 1,8%.

“Dado que grava un patrimonio que se va modificando año a año, se estableció una indicación para establecer una carga tributaria máxima, de acuerdo a lo cual los contribuyentes nunca pagarían por concepto de impuesto a la renta más impuesto al patrimonio un monto mayor al 50% de la rentabilidad de su patrimonio”, dijo Marcel, agregando que para hacer esta comparación se presume una rentabilidad del 6% del patrimonio, pero el contribuyente puede solicitar aplicar una rentabilidad menor si es que genera los antecedentes de respaldo, siempre con una rentabilidad mínima de 2%. Este impuesto se determina anualmente, debiendo ser pagado en junio del año siguiente.

Sostuvo que “no es un impuesto contra alguien, sino que para quienes tienen más en la sociedad. Y ante esta dicotomía que se plantea de hacer crecer la torta o distribuirla, lo que hay pensar es si estamos todos invitados al cumpleaños”.

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