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Sostenibilidad

Foro: "Sostenibilidad: ¿Cómo se relacionan las empresas con las comunidades?"
Fecha:
diciembre 10 de 2021
Hora:
10:00 am
Lugar:
Plataforma digital LR
Ciudad:
Bogotá

La consulta previa como derecho fundamental ha sido marcada en su mayoría por fallos proferidos por la Corte Constitucional, que han guiado su aplicación, un hito importante de la consulta previa en 2018 marca un cambio conceptual trascendental frente a la primera fase. Esto es la forma de definir cuándo se requiere adelantar consulta previa para un POA (Plan operativo anual), anteriormente el análisis se centraba en verificar la presencia de una comunidad étnica en un territorio, es decir, se circunscribía al elemento físico.

Según la corte constitucional, se constituye que la consulta previa es un derecho fundamental: “la explotación de los recursos naturales en los territorios indígenas debe hacerse compatible con la protección que el Estado debe dispensar a la integridad social, cultural y económica de las comunidades indígenas, integridad que configura un derecho fundamental para la comunidad por estar ligada a su subsistencia como grupo humano y como cultura. Para asegurar dicha subsistencia se ha previsto, cuando se trate de realizar la explotación de recursos naturales en territorios indígenas, la participación de la comunidad en las decisiones que se adopten para autorizar dicha explotación”.

Se fundamenta en el derecho que tienen los pueblos de decidir sus propias prioridades en lo que pertenece al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural

A lo largo de estas décadas se han implementado herramientas y procedimientos para materializar este derecho fundamental en las comunidades étnicas y los ejecutores de proyectos, obras o actividades, en escenarios de dialogo para la toma de decisiones que generen beneficios para las dos partes.