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LABORAL

Trabajadores afiliados a fondos de cesantías privados no pagarán comisión por sus retiros

martes, 31 de marzo de 2020

A través de los mecanismos virtuales los ciudadanos podrán tramitar sus solicitudes de manera sencilla y rápida

Johana Lorduy

Mediante un comunicado, Asofondos, gremio que agrupa las cuatro administradoras de fondos de cesantías Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia, anunció que a partir de esta semana se redoblan esfuerzos para que los trabajadores que tengas sus cesantías en estas AFP privadas puedan hacer un retiro parcial de estos ahorros.

A través de los mecanismos virtuales los ciudadanos podrán tramitar sus solicitudes de manera sencilla y rápida. De acuerdo con Santiago Montenegro Trujillo, presidente de Asofondos, las empresas administradoras no cobrarán la comisión por retiro para este nuevo uso permitido por el Decreto 488 de 2020.

"Esta nueva modalidad de retiro por disminución de ingresos (por ejemplo, por licencia no remunerada), solo aplicará para los afiliados a los fondos de cesantías privados, según lo establecido por las autoridades", precisó Montenegro Trujillo.

¿Cómo operarán los retiros?

Bajo la Circular 013 de marzo de 2020 se aplicarán estas medidas de alivio, y es así como establece que estas solicitudes se tramitarán a través de canales digitales como las páginas web de las cuatro administradoras (www.colfondos.com.co; www.porvenir.com.co; www.proteccion.com; www.skandia.com.co), y precisa que: “las AFP deben emplear medios idóneos de verificación que permitan validar la identidad del solicitante y del empleador. En ningún caso se podrán girar los recursos correspondientes a retiros parciales de cesantías a una persona diferente del titular de la cuenta de cesantías”.

Para aquellos afiliados que no se encuentran bancarizados o no cuentan con internet, las administradoras están trabajando en ofrecer mecanismos excepcionales que les permitan atender las solicitudes a través de los canales digitales y/o remotos previstos por las AFP, y efectuar el pago de las cesantías solicitadas.

¿Retiros parciales o totales?

De acuerdo con la normativa expedida por Superintendencia Financiera, los retiros mensuales de las cesantías serán parciales y, para materializarlos, se debe contar con un certificado expedido por el empleador que debe contener la siguiente información:

1. Nombre o razón social del empleador junto con el tipo y número de identificación

2. Nombre y apellidos del trabajador junto con el tipo y número de identificación

3. Datos de contacto del empleador

4. Salario devengado por el trabajador a 1 de marzo de 2020

5. El monto de la disminución del ingreso mensual del trabajador.

Este certificado solo debe obtenerse una vez y servirá para solicitar los retiros mensuales de cesantías que haga el trabajador. “La certificación emitida por el empleador será válida para todas las solicitudes mensuales de retiro parcial de cesantías autorizado por el artículo 3 del Decreto 488 de 2020, sin perjuicio de la posibilidad de que sea actualizada por el afiliado ante cambios en sus circunstancias".

¿Cómo se harán los pagos?

De acuerdo con el documento, la norma establece que “El pago por retiro parcial de cesantías se abonará de forma mensual por el monto solicitado por el afiliado, siempre que no exceda el valor de la disminución del ingreso mensual certificado por el empleador”, y “en todo caso estará limitado al saldo disponible en la cuenta de ahorro de cesantías.”

Es decir que si, por ejemplo, una persona ha tenido una disminución salarial de $900.000, pero en su cuenta de ahorro de cesantías solo tiene $600.000, se le abonará a la cuenta bancaria inscrita en la página de la AFP, el saldo que tenga.

Con el fin de proteger los recursos de los afiliados, las administradoras deben emplear medios idóneos de verificación que permitan validar la identidad del solicitante y del empleador y se prohíbe que se puedan “girar los recursos correspondientes a retiros parciales de cesantías a una persona diferente del titular de la cuenta de cesantías.”

Estas medidas son excepcionales y responden a la declaratoria de emergencia económica, social y ecológica por parte del Gobierno Nacional.

“Bajo la misma, hemos promovido el uso adecuado de las cesantías, el cual ha sido, y debe ser, el de un ahorro para cubrirse o protegerse en contingencias como la actual, en la que se afecta el empleo de muchos trabajadores”, explicó Montenegro Trujillo.

Las cuatro administradoras (Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia) tienen cerca de 9 millones de trabajadores afiliados cuyos ahorros de las cesantías están por encima de los $15 billones.

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