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HACIENDA

Las deducciones a tener en cuenta en su declaración si es persona natural o jurídica

lunes, 28 de agosto de 2023

Intereses de Icetex, pagos por salud, salarios, 4X1000, primer empleo, entre otros, son algunos de los gastos que permiten deducciones

Los colombianos están atravesando por la que se podría denominar, época tributaria, una temporada en la que, tanto personas como empresas salen en busca de sus contadores para que les ayuden en todo el proceso de declaración de renta.

Y es que, desde el pasado 9 de agosto hasta el próximo 19 de octubre, las personas naturales, dependiendo de sus últimos dígitos de la cédula, deben declarar ante la Dian los ingresos que generaron en 2022.

Sin embargo, esta no es solo una obligación de las personas naturales, sino también de las empresas, a las que conocemos como personas jurídicas, y que declararon en abril, mayo y julio de este año.

Sabiendo esto, y para que personas naturales y empresas lo tengan en cuenta de cara a sus declaraciones de 2023 y años siguientes, existen algunos gastos que se destinaron para generar ingresos, y pueden ser deducidos a su renta, es decir, pueden generarle ciertos descuentos, los cuales varían de acuerdo al tipo de persona.

Personas naturales

En este caso, las deducciones se aplican dependiendo de la cédula con la que declare la persona, ya sea general, de pensiones o de dividendos y participaciones.

Sin embargo, las dos últimas (pensiones y la de dividendos y participación) en ningún momento son aptas para que se les aplique deducciones, al no figurar en el artículo 343 del estatuto tributario.

En cuanto a las cédulas generales, hay ciertas deducciones que usted puede aplicar, y que es clave que conozca para que el impuesto a pagar en la Dian sea más bajo.

Este tipo de cédula se divide en rentas de trabajo, rentas por honorarios, rentas de capital y rentas no laborales.

Quienes declaran con rentas de trabajo son todos los empleados, en el caso de honorarios son los profesionales que prestan un servicio, y las rentas no laborales, comprenden a todos los comerciantes, taxistas, entre otros”, explicó el contador público Hernán Mora.

Con esto, quienes declaran rentas de trabajo, podrán tener deducciones por intereses de créditos de vivienda, pagos por salud, concepto de dependientes, y 4x1.000.

En cuanto a las rentas no laborales y de capital, hay las mismas deducciones, exceptuando las que son por concepto de dependientes, las cuales no aplican en el caso de quienes trabajan de forma independiente.

Si bien, parecen categorías puntuales, ellas encierran varios aspectos, como el pago de intereses del Icetex, gastos en medicina prepagada, donaciones, entre otros.

También se puede hacer una deducción en rentas de trabajo de 10% por los dependientes económicos. Esto aplica solo si “los hijos son menores de 18 años, o menores de 23 años, siempre y cuando acrediten que están estudiando”, añadió Mora, quien aclaro que esto no aplica para rentas no laborales ni de capital.

Sin embargo, aquí es clave entender que hay un límite en las deducciones imputables y renta exenta a personas naturales con cédula general, y es que no excedan 40% de los ingresos.

Personas jurídicas

En cuanto a las empresas, también hay ciertos gastos que pueden aplicar en la declaración para que el valor a pagar ante la Dian se disminuya.

Aquí, a diferencia de las personas naturales, no existe una distribución por tipo de cédula para que se aplique la deducción de renta.

“Si es persona jurídica, se debe tener en cuenta que los costos y gastos que se pueden deducir en la declaración de renta son aquellos que estén asociados a los ingresos que perciba la empresa, y que estos cumplan con los requisitos exigidos por la ley”, explicó Álvaro Villa, gerente de Villa Auditores & Asociados.

Teniendo en cuenta esto, se podría decir que algunos de los factores deducibles son, las contribuciones a la educación de los hijos de los empleados, ya sean pagos, créditos o becas; los salarios y aportes parafiscales, siempre y cuando los empleados paguen seguridad social; y la contratación a adultos mayores.

LOS CONTRASTES

  • Álvaro VillaGerente de Villa Auditores & Asociados

    “Si es persona jurídica, los costos y gastos que se pueden deducir en la renta son los que estén asociados a los ingresos”

  • Hernán Mora, Contador público
  • Hernán MoraContador público

    “Quienes declaran con rentas de trabajo son todos los empleados, en el caso de honorarios son los profesionales que prestan un servicio"

A estos factores, según el portal actualícese, se suman otros más como contratación de mujeres víctimas de la violencia, deducción de intereses, deducción de impuestos pagados, y deducción del primer empleo, es decir, cuando le dan la oportunidad a la persona de que su primer trabajo sea en esa compañía.

En este caso, a diferencia de la deducción a personas naturales, “no hay límite máximo a deducir, por esta razón puede pasar que los gastos sean mayores a los ingresos y la declaración de renta se presente con pérdida fiscal”, añadió Villa.

Ahora, sabiendo esto, puede revisar si tal vez alguna de estas deducciones se le escapa para que la incluya a tiempo en su declaración.

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