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Saldo a favor de la declaración de renta, ¿es mejor ahorrarlo, invertirlo o pagar deudas?

sábado, 15 de julio de 2023

Declaración de renta

Foto: Declaración de renta

Desde invertir en mercado accionario local hasta ahorrarlo para futuros pagos tributarios, son algunos de los consejos que ofrecen los expertos de cara a la contribución

Llega un momento del año en que el consumo, las compras, los ingresos y los bienes comienzan a pasar factura con los reportes a la Dian, más conocidos como la declaración de renta, uno de los temas que por estos días ya se comienza a escuchar, pues las primeras declaraciones de personas naturales deben hacerse antes del 9 de agosto.

Pero, ¿qué es esto?, en pocas palabras, es la información que se le entrega a la Dian para que haga el cálculo de los impuestos que se deben pagar por los ingresos generados el año anterior, es decir, en este caso los de 2022.

Algo importante aquí es cuando, luego de declarar, la persona, ya sea jurídica o natural, obtiene un saldo a favor, algo que se entiende como “un saldo que se genera por las retenciones en la fuente que le han realizado, o cuando las retenciones que le practicaron son superiores al impuesto que tiene que pagar”, explicó Álvaro Villa, gerente de Villa auditores & asociados.

Entonces es un dinero que después del pago de impuestos queda a favor del contribuyente, el cual puede ser retornado a la persona por medio de una consignación a su cuenta bancaria.

“Estos dineros, para personas naturales, son entregados a una cuenta bancaria debidamente acreditada por el contribuyente, y pueden demorarse 15 días hábiles, siempre y cuando sea presentada la solicitud en debida forma”, indicó Hernán Mora, contador público independiente.

Ahora, cuando las personas reciben este dinero, surge una duda y es ¿qué hacer con él?

Juan Pablo Vieira, CEO y fundador de JP Tactical Trading, aconsejó que las personas pueden usar este dinero en inversión. “Invertir en renta fija para asegurar una buena tasa, aprovechando que la inflación viene cediendo y se espera que las tasas puedan empezar a bajar”.

LOS CONTRASTES

  • Álvaro VillaGerente de Villa auditores & asociados

    “Es un saldo que se genera por las retenciones en la fuente que le han realizado, o cuando las retenciones que le practicaron son superiores al impuesto”

  • Alexander RíosFundador de Inverxia

    “La mejor alternativa es dejarlo ahí quieto. Está sirviendo como pago anticipado de impuestos futuros, total o parcialmente, por lo cual alivianará la carga futura”.

Por otro lado, el analista indicó que, “siguen existiendo oportunidades interesantes en el mercado accionario local, con acciones de compañías sólidas y diversificadas, pero que la inestabilidad política las tiene tan golpeadas convirtiéndose en una buena oportunidad”.

Pero, si se tiene una deuda con la Dian, el dinero también puede ser usado allí. “Cuando la empresa, o incluso persona natural, tiene deudas con la Dian, este saldo a favor lo compensan con ellas y le devuelven el excedente, dado el caso”, añadió Villa.

Otra de las opciones es dejar el dinero para futuros pagos de renta. “La mejor alternativa es dejarlo ahí quieto, pues visto desde las finanzas personales, es un dinero con el que ya no se cuenta y está sirviendo como pago anticipado de impuestos futuros, total o parcialmente, por lo cual alivianará la carga futura de obligaciones tributarias y liberará flujo de caja”, explicó Alexander Ríos, fundador de Inverxia.

Las sanciones por no declarar o hacerlo mal

De acuerdo con la normativa tributaria vigente, la presentación extemporánea o presentación con errores de las declaraciones de renta, se encuentra sujeta a sanciones pecuniarias para los contribuyentes que incurran en las mismas. En términos generales, y sujeto al análisis particular de la situación de cada individuo, la sanción de extemporaneidad corresponderá a 5% del impuesto a cargo, por cada mes o fracción de mes de retraso. Por otro lado, la sanción por corrección, en caso de que la declaración de renta se presente con errores, corresponderá a 10% del mayor valor a pagar o del menor saldo a favor.

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