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FINANZAS

¿El nuevo régimen de regalías puede contribuir a enriquecernos?

viernes, 14 de septiembre de 2012
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María Mercedes Cuéllar

El uso eficaz de la riqueza natural es imprescindible para lograr un crecimiento sostenido y sostenible. Con este fin resulta vital utilizar los recursos naturales en aumentar la acumulación de capital tanto físico como humano y conseguir una mayor tasa de crecimiento potencial.

De ello depende el bienestar de las futuras generaciones. Si no se logra este propósito, la explotación de estos recursos, en lugar de contribuir a enriquecer a una sociedad, puede ayudar a empobrecerla.

Una manera de perseguir el enriquecimiento del ciudadano promedio es transferir al Estado parte de las rentas de esas actividades y asegurarse de que las invierta de manera eficiente en infraestructura pública, capital humano, conocimiento e innovación.

Los instrumentos para transferirlas son los impuestos y las regalías.

El anterior régimen de las regalías en Colombia -instituido por la Ley 141 de 1994− resultó inequitativo en su distribución e ineficiente en su asignación. Sus fallas institucionales permitieron prácticas corruptas y despilfarro del dinero.

Por estas razones, a pesar del monto importante que alcanzaron estos recursos, el anterior esquema institucional fue ineficaz para mejorar de manera significativa la infraestructura de las entidades territoriales (ET), disminuir la pobreza e incrementar la competitividad de las regiones.

Con el propósito de enmendar los defectos del anterior esquema, por iniciativa gubernamental el Congreso aprobó un Acto Legislativo (05 de 2011) que creó el Sistema General de Regalías (SGR). Este modifica la forma de distribuirlas entre las regiones, la manera de asignarlas en cada una de ellas y los mecanismos de control y monitoreo.

Al comparar la distribución promedio por departamento entre 2007 y 2011, bajo el anterior régimen, con la correspondiente al presupuesto del SGR para 2012, se advierte un progreso en la equidad.

Ese progreso se logró con un sacrificio de la participación en los ingresos de 8 departamentos −Casanare, Arauca, Santander, Huila, Guajira, Tolima, Sucre y Córdoba− y un incremento en las correspondientes a los demás.

La distribución sería aún más equitativa si se hubiera logrado eliminar las regalías directas. Como estas disminuyen de manera progresiva hasta 2015, es probable que en este período continúe mejorando la equidad

En comparación con el anterior esquema institucional para la administración de las regalías, el Sistema General de Regalías tiene muchos más pesos y contrapesos.

Estos se diseñaron para buscar una mayor equidad y eficiencia en la distribución y la asignación de los recursos, así como para prevenir la corrupción, la dilapidación y el despilfarro, que caracterizaron al régimen precedente.

Sin embargo, el diseño resulto difícil de poner en práctica. Por este motivo, la administración de los recursos en el SGR se entorpeció con dos consecuencias indeseables. En primer lugar, se paralizó la ejecución de las obras públicas regionales, con efectos nocivos sobre la actividad económica. En segundo lugar, se drenó liquidez del mercado monetario, con resultados desfavorables sobre las tasas de interés de corto plazo.

Con el fin de que se pueda implementar con agilidad estrategias fiscales y monetarias contra-cíclicas, parece necesario asegurar que el SGR funcione pronto de la mejor manera.

Sobre todo porque si no funciona, para modificarlo se requiere o bien otro Acto Legislativo, en la medida en que el Sistema General de Regalías, sus Fondos, los porcentajes de la distribución de las regalías entre ellos y los principales órganos de administración y control fueron incluidos en la Constitución; o en todo caso una Ley ordinaria, para cambiar la regulación sobre la organización y funcionamiento del Sistema General de Regalías, establecida de manera meticulosa por la Ley 1530 de 2012. Y ambos procedimientos de reforma son demorados.

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