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La solicitud de Colpensiones
La entidad argumentó que requiere un plazo adicional para culminar la adecuación tecnológica, operativa, financiera e institucional necesaria para implementar la reforma
Colpensiones solicitó a la Corte Constitucional aplazar hasta el 1 de abril de 2028 la entrada en vigencia de las disposiciones de la reforma pensional que fueron declaradas exequibles, prevista actualmente para el 1 de abril de 2027.
La petición fue presentada por Diego Alejandro Urrego Escobar, suplente del presidente y representante legal de Colpensiones, Carlos René Montoya, quien ayer fue posesionado como presidente de la entidad, dentro del proceso relacionado con la Sentencia C-264 de 2026, mediante la cual la Corte estudió la constitucionalidad de la Ley 2381 de 2024.
La entidad argumentó que requiere un plazo adicional para culminar la adecuación tecnológica, operativa, financiera e institucional necesaria para implementar la reforma. Según Colpensiones, una entrada en vigencia sin la arquitectura operativa lista podría generar fallas en el funcionamiento del sistema.
Uno de los principales riesgos señalados por la entidad está relacionado con la interoperabilidad entre los diferentes actores que participarían en la implementación, entre ellos el Ministerio de Hacienda, Colpensiones, la Ugpp y las administradoras de fondos de pensiones.
“Sin la arquitectura operativa lista” la entrada en vigencia, según Colpensiones, podría llevar a la “inoperancia del sistema”, por lo que considera necesario contar con los procesos y herramientas que permitan garantizar una transición ordenada.
También pse refirió al pilar semicontributivo, y aseguró que hay incertidumbre sobre las reglas para la inversión de los recursos de las cuentas individuales. A propósito de ello, recordó que la Corte devolvió a la Cámara de Representantes la norma relacionada con este punto, correspondiente al artículo 19, literal k, de la Ley 2381.
Para la administradora, esta situación dificulta avanzar en el diseño de nuevos procesos, la validación de semanas, la integración de información y otros desarrollos necesarios para poner en marcha el nuevo sistema.
Además, advirtió además sobre el impacto que podrían tener eventuales fallas en la implementación sobre los pensionados y afiliados. La entidad señaló que un lanzamiento que derive en trámites fallidos podría afectar el mínimo vital de las personas de la tercera edad, debido a que una demora en el reconocimiento de las prestaciones puede implicar la privación de su medio de vida.
La solicitud también está relacionada con el calendario fijado por la Corte Constitucional y pidió que el trámite tenga carácter preferente por razones de urgencia, teniendo en cuenta que a finales de octubre vence el plazo para que la Cámara de Representantes subsane los vicios de procedimiento identificados en la reforma, de acuerdo con la Sentencia C-264 de 2026.
Además de pedir el aplazamiento hasta abril de 2028, Colpensiones planteó de manera subsidiaria que, si la Corte considera que ese plazo no es procedente, establezca el término que considere razonable para completar las adecuaciones requeridas.
La entidad también solicitó vincular al proceso al Ministerio de Hacienda, al Ministerio del Trabajo y a Asofondos, con el propósito de que aporten información técnica, económica y regulatoria sobre los efectos de una eventual modificación de la fecha de entrada en vigencia de la reforma.
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