MI SELECCIÓN DE NOTICIAS
Noticias personalizadas, de acuerdo a sus temas de interés
La nueva tributaria de Petro traería cambios en los impuestos de renta y patrimonio, y en el IVA, conozca qué le afectará su bolsillo
Este tipo de ganancias son aquellos ingresos que no son habituales para un ciudadano, como sí lo es su salario por ejemplo, sino que como su nombre lo dice, llegan de forma ocasional.
Impuesto a ganancias por apuestas aumentaría hasta 33% del valor del ingreso
La nueva propuesta de reforma tributaria también busca modificar cómo se gravan las ganancias ocasionales. Este tipo de ganancias son aquellos ingresos que no son habituales para un ciudadano, como sí lo es su salario por ejemplo, sino que como su nombre lo dice, llegan de forma ocasional.
Entre estos están algunos como las ventas de propiedades, herencias, legados, donaciones en vida y otras como el dinero ganado por apuestas, rifas, loterías o similares.

Quien recibe dinero por alguna de estas causales deberá pagar un impuesto sobre esa ganancia, pero no en todos los casos se calcula igual. Para el de las propiedades, la reforma propone que entren a ser ganancias ocasionales la utilidad de la venta de propiedades que se hayan poseído por más de cuatro años, a diferencia de la normativa actual que el tiempo de tenencia se fija en dos.
Este cambio significaría que si se vende una propiedad que se tuvo por menos de cuatro años, esta no se grava como ganancia ocasional sino como una renta ordinaria, donde el impuesto varía dependiendo de la base gravable, y en la reforma iría desde 19% hasta 41%.
Para dar un ejemplo, si se vende una casa en $490 millones, que tiene un costo fiscal de $400 millones y se posee hace más de cuatro años, la utilidad de esa enajenación será de $90 millones y sobre ella se calcula un impuesto de 15%, igual a pagar $13,5 millones. Pero si por el contrario el mismo bien, con los mismos valores de costo fiscal y enajenación, se vendiera antes de cumplirse cuatro años de posesión, el impuesto a pagar por $90 millones de utilidad sería de 19%, igual a $17,1 millones.
Carlos Giovanni Rodríguez Vásquez, socio de Esguerra JHR, indicó que “actualmente, para que la utilidad generada por la venta de un activo fijo sea gravada como una ganancia ocasional, el contribuyente debe haberlo poseído por un período mínimo de dos años. Con la nueva propuesta, este requisito se amplía a cuatro años. Esto significa que si un activo fijo se vende antes de los cuatro años de posesión, la utilidad se gravará como renta líquida”, dijo.
En el caso de las apuestas, rifas, loterías y similares, la reforma al Estatuto Tributario sí consideró un aumento del impuesto, pasando de 20% a 33%. Por lo que si es de los que acostumbra a apostar por los resultados de partidos de fútbol, debe saber que del dinero que gane deberá separar 33% para pagarlo como impuesto.
Este tributo se sumaría a la tasa de renta corporativa que en la actualidad se ubica en 35%, la tarifa más alta de América Latina
La ley de financiamiento propone modificar la base gravable de este tributo al bajar el total de los bienes a declarar de $3.585 millones a $1.991 millones
Consideran rico a quien gane mensualmente $6,6 millones suben la tarifa del impuesto de renta hasta 41%. Además, le ponen IVA a las actividades culturales que también tienen en sus boletas otro tipo de gravámenes