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Los decretos expedidos en el marco de la emergencia económica ya cuentan con la firma del Presidente y de los ministros. En total, son cinco decretos que conforman un paquete normativo

Generadoras deberán pagar 2% de las ventas brutas de energía
ENERGÍA

Generadoras deberán pagar 2% de las ventas brutas de energía por emergencia económica

jueves, 26 de febrero de 2026

Generadoras deberán pagar 2% de las ventas brutas de energía

Foto: Gráfico LR

El impuesto aplica para las empresas que generan energía, tanto hidroeléctricas como térmicas, y que operan en cuencas afectadas por la Emergencia Económica

El sector de generación de energía volvió a quedar en la mira del Gobierno Nacional en medio de la Emergencia Económica, tal como ocurrió con la decretada anteriormente en diciembre.

Las empresas que generan energía, tanto hidroeléctricas como térmicas, y que operan en cuencas afectadas por la Emergencia deberán pagar un aporte adicional. En la práctica, la medida cobija a las ubicadas en Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó.

Generadoras deberán pagar 2% de las ventas brutas de energía
Gráfico LR

Ese gravamen será de 2% adicional sobre el total de las ventas de energía propia y se cobrará durante los seis meses siguientes a la entrada en vigencia del decreto, con el fin de financiar las medidas ambientales y de gestión del riesgo adoptadas para prevenir la extensión de las fuertes lluvias.

Alejandro Castañeda, presidente de la Asociación Nacional de Empresas Generadoras, Andeg, señaló que este impuesto está relacionado con la Ley de Transferencias, mediante la cual los agentes hidráulicos y térmicos pasan de pagar 4% y 6%, respectivamente, a 6% y 8%, es decir, dos puntos porcentuales adicionales frente a lo que se venía pagando por esta contribución de la Ley 99 de 1993.

“Se reconoce, efectivamente, que hay una emergencia desde el punto de vista de las lluvias, que ha generado problemas en varios departamentos, particularmente en Córdoba. Sin embargo, hay que mirar muy bien, y la Corte tendrá que analizar cuál es la proporcionalidad de estos impuestos frente a la necesidad de solucionar los problemas de las personas afectadas”, dijo.

Castañeda recordó que la Contraloría ya señaló que el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres tiene cerca de $2,6 billones del presupuesto de este año y del anterior sin ejecutar, recursos que podrían utilizarse. “Adicionalmente, los gobernadores también han planteado la posibilidad de usar regalías para este fin”, agregó.

Otro punto clave es que, mientras esté vigente la Emergencia Económica, la Anla podrá cambiar, mediante acto administrativo y con justificación, las condiciones ambientales de proyectos hidroeléctricos cuando el Ideam haya emitido alertas hidrometeorológicas sobre esas zonas.

La norma establece que las represas deberán operar con mayor margen de seguridad frente a crecientes extremas y al cambio climático.

“Se deberán implementar medidas para amortiguar las crecientes de los ríos, dejando espacio disponible en los embalses (lo que llaman ‘volúmenes de espera’) para poder recibir más agua en momentos críticos”, señala el decreto.

LOS CONTRASTES

  • Alejandro CastañedaPresidente de la Andeg

    “La Corte tendrá que analizar cuál es la proporcionalidad de estos impuestos frente a la necesidad de solucionar los problemas de las personas afectadas”.

  • Hemberth Suárez Socio de OGE Energy

    “La medida puede impactar a empresas con plantas de generación térmica en La Guajira y Magdalena. Hay plantas de este tipo en ciudades como Santa Marta”.

Estas decisiones deben basarse en estudios hidrológicos actualizados y en estándares internacionales de seguridad de presas. Como mínimo, se deberán analizar eventos extremos que podrían ocurrir cada 500 años o más, y también considerar los efectos del cambio climático usando escenarios oficiales reconocidos por la autoridad meteorológica.

Hemberth Suárez, socio director de OGE Energy, explicó que la medida puede impactar a empresas con plantas de generación térmica en La Guajira y Magdalena. “En este caso, estamos identificando que en Santa Marta hay empresas con plantas de generación térmica ubicadas en esta zona del país. Entonces, es un impacto inmediato para las empresas de generación de energía eléctrica”, señaló.

El abogado dijo que, si bien este decreto establece obligaciones tributarias para los generadores de energía, también contempla beneficios. “El primero corresponde a un trámite ambiental abreviado para los proyectos requeridos para ejecutar obras o actividades que busquen garantizar el suministro de agua y el saneamiento básico”, dijo.

Otro aspecto relevante, según Suárez, es la exención del pago del impuesto predial, puntualmente para la ciudad de Montería. Los predios o inmuebles que hayan resultado afectados podrán gestionar este beneficio hasta por cinco años, como medida frente al impacto causado por los desbordamientos e inundaciones.

Castañeda advirtió que, en términos de eficiencia tributaria, se está volviendo a cargar a las mismas empresas que ya enfrentan niveles impositivos elevados. Además, señaló que se están imponiendo tributos adicionales sobre el patrimonio a sectores como el minero-energético, el petrolero y el minero, que, según dijo, ya registran cargas tan altas que están perdiendo competitividad frente a otros mercados.

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