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La Comisión de Regulación de Comunicaciones, a través de la Resolución 4741 de 2015 lo que busca es que los residentes de los nuevos edificios, no se vean amarrados a contratos preestablecidos. Con esto el proveedor de los servicios de internet, televisión digital y telefonía pueden ser seleccionados a elección del cliente.
Este nuevo plazo para la entrada en vigencia del Reglamento Técnico para Redes Internas de Telecomunicaciones (Ritel), según información de la entidad corresponde a la incorporación de nuevas modificaciones al reglamento, relacionadas con ajustes en las especificaciones técnicas del cableado y de la obra civil de las redes internas de los inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal.
“De esta manera, se brindará un tiempo adicional para que operadores, constructores y otros agentes involucrados realicen las adaptaciones requeridas para una adecuada implementación de esta norma. Cabe recordar que el Ritel rige para las nuevas edificaciones que estén sometidas al régimen de propiedad horizontal y que soliciten licencias de construcción como obra nueva a partir de la entrada en vigencia del mismo”, aseguró el comunicado expedido.
La CRC aclara que debe tenerse en cuenta que para los inmuebles ya construidos la aplicación del reglamento es de carácter voluntario y serán los copropietarios quienes deciden si se implementa o no la regulación.
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