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Cielo Rusinque, superintendente de Industria y Comercio
COMUNICACIONES

Sancionan a Movistar con $670 millones por violación al tratamiento de los datos

miércoles, 29 de octubre de 2025

Cielo Rusinque, superintendente de Industria y Comercio.

Foto: Colprensa

La SIC detalló que la sanción se produjo tras una denuncia por contactar de forma reiterada a usuarios con fines comerciales

La Delegatura para la Protección de Datos Personales, adscrita a la Superintendencia de Industria y Comercio, confirmó la sanción impuesta a Movistar por $670 millones, debido el incumplimiento de deberes relacionados con el tratamiento de datos personales.

"A partir de una denuncia, la Dirección de Investigaciones de Protección de Datos Personales investigó y sancionó a Colombia Telecomunicaciones (Movistar) por contactar, de forma reiterada y con fines comerciales, a usuarios de otra empresa de telecomunicaciones a través de mensajes de texto, mensajes vía WhatsApp y llamadas telefónicas, sin contar con la autorización previa, expresa e informada de dichos titulares", detalló la entidad.

Una vez estudiado el recurso de apelación, la Delegatura confirmó la decisión sancionatoria: "Las actividades de prospección comercial mediante el envío de mensajes de texto, el uso de aplicaciones o la realización de llamadas telefónicas, sin contar con la autorización previa, expresa e informada de los titulares, vulnera el derecho fundamental al habeas data protegido por la Constitución y por las leyes”. El despacho consideró que estas actividades no son, ni pueden ser consideradas, una ‘conducta menor’.

Al momento de justificar el tipo y el monto de la sanción impuesta, la Delegatura recordó que el derecho a la protección de datos personales funciona como una “garantía de los derechos fundamentales a la intimidad y a la tranquilidad, ligados al valor del respeto por la vida privada”, tanto de las personas inicialmente referenciadas en la denuncia, como de otras personas en situaciones similares.

También indicó que “la falta de respeto que suponen las comunicaciones no deseadas, a veces en horas inapropiadas o en momentos inoportunos, molestas e invasivas del espacio privado, no están cobijadas por un ejercicio legítimo de las libertades de los agentes económicos”.

La Superintendencia de Industria y Comercio reiteró que cualquier actividad que involucre el tratamiento de datos personales para estos fines debe ajustarse de forma estricta a los mandatos de la Ley 1581 de 2012 y de la Ley 2300 de 2023 “Ley dejen de fregar”.

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