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CONSTRUCCIÓN

La SuperSociedades decreta la intervención judicial de Makro Vivienda Constructora

jueves, 9 de febrero de 2023
Foto: Supersociedades
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El organismo determinó que los sujetos señalados desarrollaron actividades de captación masiva y habitual de dineros del público

Iván Cajamarca

La Superintendencia de Sociedades decretó la intervención, bajo la medida de toma de posesión, de los bienes, haberes, negocios y patrimonio de la sociedad Makro Vivienda Constructora Inmobiliaria S.A.S. La medida incluye a Jorge Peña Piñeros en su doble condición de representante legal de la mencionada sociedad y persona natural comerciante.

El organismo determinó que los sujetos señalados desarrollaron actividades de captación masiva y habitual de dineros del público sin la debida autorización del Estado. Dicha actuación judicial sobre la sociedad que ejecutó varios proyectos de construcción en el municipio de Fusagasugá (Cundinamarca), se suma a otros cinco procesos de intervención iniciados respecto a sociedades, cuyo objeto social está relacionado con dicho sector.

El proceso tiene como propósito fundamental la devolución de los dineros entregados a los captadores. Para lograr esta finalidad, el juez está facultado para aprehender todos los bienes de los sujetos intervenidos y es necesario que los afectados presenten sus reclamaciones al agente interventor designado, persona facultada para decidir sobre las mismas. Los destinatarios de la devolución, hasta donde lo permita el monto del activo inventariado y valorado en el proceso, serán los afectados que reconozca el agente interventor.

La SuperSociedades hizo un llamado para que quienes se consideren afectados de la captación no autorizada en la que incurrieron Makro Vivienda Constructora Inmobiliaria S.A.S. y Jorge Peña Piñeros por haberles entregado sus recursos, presenten su reclamación ante la agente interventora designada, Emilgen Gil Barbosa, con el fin de que ésta pueda adoptar la decisión correspondiente.

Dicha devolución se hará según las reglas que regulan el proceso y para su materialización se utilizarán los dineros que pudieran llegar al proceso y los bienes que se encuentren a nombre de Peña Piñeres y de la sociedad.

La entidad advierte que los afectados que se presenten al proceso extemporáneamente y que sean reconocidos en esa calidad por la interventora, tendrán derecho al pago de su reclamación después de que se logren pagar las reclamaciones de los afectados que se hayan presentado oportunamente, siempre y cuando queden recursos disponibles.

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