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Según la SIC, la sociedad "vulneró los derechos de las y los consumidores que acudieron a la página web y a los establecimientos físicos de Cromantic".
La Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor sancionó a la sociedad Prosalon Distribuciones S.A.S., propietaria de los establecimientos Cromantic, con una multa de $589,6 millones por infracciones al régimen de protección al consumidor.
Según la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, la sociedad "vulneró los derechos de las y los consumidores que acudieron a la página web y a los establecimientos físicos de Cromantic". De acuerdo con la entidad, los clientes no podían aplicar sus garantías a productos, ya que Prosalon no expidió las constancias de recibo y reparación de estos.
Además, "Prosalon condicionó el ejercicio del derecho de retracto a la entrega de la factura original de compra del producto o del documento que acreditara que este fue adquirido a través de canales no presenciales", de acuerdo con la información de la SIC.
La Superintendencia determinó que la compañía omitió información clave en su sitio web. La investigación encontró que la empresa no informó sobre las condiciones de tiempo y modo para acceder a incentivos promocionales, y además, no proveyó datos suficientes ni claros sobre las características del producto “Labial Maybelline Superstay Matte Ink Philosophie”.
La autoridad justificó esta medida como parte de su compromiso con la protección del consumidor. Destacó la importancia de monitorear sectores en expansión como el de cosméticos y cuidado personal, el cual, según cifras de la Andi, constituye el 3% del PIB del territorio nacional y presenta una clara tendencia de consumo al alza.
"Contra el acto administrativo sancionatorio procede el recurso de reposición ante la directora de Investigaciones de Protección al Consumidor y de apelación ante la superintendente delegada para la Protección del Consumidor", concluyó la entidad.
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