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Ministra de Transporte, María Fernanda Rojas.
TRANSPORTE

Hay cargos para empresas involucradas en siniestro que dejó 10 muertos en La Línea

martes, 10 de junio de 2025

Ministra de Transporte, María Fernanda Rojas.

Foto: Minstransporte

También se abrió investigación contra el Centro de Diagnóstico Automotor Cenda Diagnosticentro, de Armenia, y ordenó la suspensión preventiva

Luego de realizar las actuaciones preliminares sobre el siniestro vial ocurrido en La Línea el pasado 24 de mayo, en el que fallecieron 10 personas por la colisión del vehículo de transporte especial de placas TBK683 contra el puente Helicoidal, la Superintendencia de Transporte abrió investigaciones administrativas y formuló cargos en contra de las empresas de transporte terrestre especial, Trans Logytur y Transporte Granada González Gamboa.

La entidad comunicó que también abrió investigación contra el Centro de Diagnóstico Automotor Cenda Diagnosticentro, de Armenia, y ordenó la suspensión preventiva de su habilitación.

La ministra de Transporte, María Fernanda Rojas, afirmó que “este es el resultado de la actuación inmediata y coordinada que realizaron las entidades del sector transporte, con el propósito de esclarecer los hechos ocurridos en el siniestro del puente Helicoidal de La Línea. Nuestro deber es garantizar que se cumpla la normativa vigente y que los responsables rindan cuentas”.

Por su parte, el superintendente de Transporte, Alfredo Enrique Piñeres Olave, resaltó que “los empresarios, conductores y operadores del transporte público en nuestro país son responsables de la integridad de los viajeros, por lo tanto, situaciones como la acontecida en la Línea, son reprochables por el riesgo al que se expusieron los usuarios del transporte, y que hoy nos dejan como resultado la pérdida de vidas. Quiero hacer un llamado contundente a las empresas de transporte terrestre y a los Centros de Diagnóstico Automotor, para que cumplan las normas del sector, ya que no dudaremos en actuar de manera rigurosa conforme con las normas, para que estos casos no sigan presentándose en nuestras vías”.

Por las presuntas infracciones identificadas, se abrieron dos investigaciones administrativas sancionatorias a la empresa Trans Logytur, propietaria del vehículo involucrado en el mencionado siniestro, así:

  1. En la primera investigación, expedida por medio de la Resolución Nro. 10539 del 30 de mayo de 2025, se formularon cinco (5) cargos, por posibles incumplimientos de obligaciones legales y reporte de información a esta Autoridad de vigilancia, inspección y control.
  2. En la segunda investigación, expedida por medio de la Resolución Nro. 10701 del 6 de junio de 2025, se formularon siete (7) cargos por irregularidades evidencias en la prestación del servicio de transporte el día de la ocurrencia del siniestro.

En esta investigación también se formularon cargos en contra de la empresa de Transporte Granada González Gamboa al ser la empresa de transporte con la que habría contratado la Corporación Universitaria Empresarial Alexander Von Humboldt.

De otro lado, mediante la Resolución 10538 del 30 de mayo de 2025 se inició investigación administrativa sancionatoria en contra del CDA Cenda Diagnosticentro., ubicado en Armenia. Esto, de acuerdo con el resultado de las averiguaciones preliminares y en armonía con el informe de técnico emitido por el Operador Autorizado del Sistema de Control y Vigilancia, Sicov, el en cual se evidenció que, al parecer, el procedimiento de inspección del vehículo con placas TBK683, no se habría realizado de conformidad con la norma técnica colombiana aplicable para la inspección de automotores en pista.

En este caso, la Superintendencia de Transporte ordenó como medida preventiva, la suspensión de su habilitación, la cual deberá informar en sus instalaciones, y la pérdida de la interconexión con el Runt. Dicha suspensión preventiva se mantendrá vigente hasta que se superen las situaciones que dieron origen a esta o por un término de seis (6) meses, lo que primero ocurra.

De encontrarse responsables a las empresas, por cada uno de los cargos formulados se podrá aplicar una sanción equivalente a multa de uno (1) a setecientos (700) salarios mínimos legales mensuales vigentes de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo del artículo 46 de la Ley 336 de 1996.

Contra las aperturas de investigación y formulación de cargos no procede recurso.

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