.
TRANSPORTE

Estos serían los alcances del Estado si declara la intervención sobre la aerolínea Viva

miércoles, 8 de marzo de 2023

Diferencias entre intervención y control empresarial

La crisis puso al Gobierno a pensar en una intervención empresarial. Legalmente, la figura le daría poder al Estado para nombrar una nueva junta directiva

El caos que ha desatado Viva Air tras la suspensión de su operación el pasado 27 de febrero, dejando cerca de un millón de pasajeros afectados, más de 400.000 tiquetes vendidos con fechas de operación para 2024 y $5.500 millones de las agencias de viajes en riesgo, puso a pensar al Gobierno en una posible intervención.

Hace dos días, la Superintendencia de Transporte sometió a control empresarial a la compañía. Aunque parezcan términos similares (control e intervención), hay diferencias.

El control empresarial, según explicó el profesor de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario Andrés Palacios Lleras, le permite a la Superintendencia investigar situaciones críticas de orden contable, jurídico y financiero, que puedan perjudicar a accionistas y a terceros.

“No implica la administración de la empresa, como sí lo logra una toma de posesión (la intervención). Pero sigue siendo una medida fuerte, porque le da acceso a la Superintendencia a todos los documentos, personas y órganos de la empresa para evaluar cómo está prestando el servicio”, aclaró.

Palacios destacó que en caso de que el Estado tome posesión, (es decir, una intervención), la Superintendencia podría reemplazar a la administración actual de la compañía y nombrar un nuevo administrador o CEO.

“El control consiste en una atribución de la Superintendencia de Transporte para ordenar los correctivos necesarios en Viva y así subsanar cualquier situación crítica de orden jurídico, contable, económico o administrativo”, explicó el director de Derecho Aeronáutico de Cuatrecasas, Juan Fernando Puerta.

El abogado agregó que el caso de una intervención implicaría la remoción de los administradores y funcionarios de la compañía, con el fin de regularizar la situación que dio origen a la crisis financiera y proteger los derechos que tienen ciertos grupos de interés como los pasajeros, empleados y acreedores.

No obstante, en el marco legal hay voces que disienten y consideran que el control es una forma de intervención estatal.

Diego Márquez Arango, director en MQA Abogados, indicó que el Estado tiene tres herramientas para intervenir a las empresas: inspección, vigilancia y control. “Cuando someten a inspección, el Estado revisa, pide información que requiere de las sociedades. Cuando vigila, está mucho más encima de las compañías y las sociedades deben pedir ciertos permisos y dar reportes a las superintendencias. Cuando la medida es de control, que es la más fuerte, es una forma de intervenir en las que todas las decisiones deben ser consultadas, evaluadas y autorizadas por el Estado”, explicó.

LOS CONTRASTES

  • Diego MárquezDirector en MQA Abogados

    “La medida de control, una de las más fuertes, es una forma de intervenir en la que todas las decisiones deben ser consultadas, evaluadas y autorizadas por el Estado”.

  • Juan Fernando Puerta, Dir. Aeronáutico en Cuatrecasas
  • Juan Fernando PuertaAbogado en Cuatrecasas

    “Una intervención empresarial implicaría que los arrendadores dueños de las aeronaves queden con la facultad de reposeerlas y así Viva quede sin flota”.

Además, expuso la complejidad de este proceso porque son varias las entidades relacionadas con la prestación del transporte aéreo.

Indicó que la vigilancia que ejerce la Supertransporte es subjetiva. “Su función es verificar la debida existencia, organización y administración de las aerolíneas mediante el seguimiento a asuntos administrativos, pero no operativos”.

Para Juan Felipe Reyes, abogado aeronáutico de Parra Rodríguez Abogados, se trata de un debate semántico. Considera que el sector aéreo es, de hecho, uno de los más “ultra regulado y ultra intervenido por el Estado”, ya que define las normas y reglas del juego del mercado aéreo.

“A través del control que la Supertransporte ejerció sobre Viva Air, que hace unos días estaba gobernada por sus directivos, ya estos tendrán que hacer lo que diga el Gobierno. ¿Si eso no es intervenir, entonces qué es?”, expresó el abogado.

Efectos negativos

Ahora bien, la posibilidad de una intervención podría acarrear algunos riesgos. Puerta advirtió que la Superintendencia de Transporte debe analizar con cuidado los efectos que una intervención podría traer en los contratos de arrendamiento de la aerolínea.

“Una intervención implicaría que se declare un incumplimiento del contrato de arrendamiento y que los arrendadores propietarios de las aeronaves vengan por ellas y se las lleven y así Viva queda sin flota”, alertó el experto en derecho aeronáutico.

Conozca los beneficios exclusivos para
nuestros suscriptores

ACCEDA YA SUSCRÍBASE YA

MÁS DE EMPRESAS

Automotor 26/04/2024 Las cifras de fabricación de vehículos han caído 60% en un año

Esta actividad productiva generaba más de 357.000 empleos y en los 10 años corridos hasta ese calendario, atrajo US$580 millones en inversión extranjera.

Educación 26/04/2024 Rectores de universidades del país hacen llamado para fortalecer el sistema de salud

Dijeron que coindicen con la necesidad de transitar hacia un modelo con mayor énfasis en la promoción de la salud y la prevención

Turismo 25/04/2024 “La ocupación hotelera en el país sufrió una contracción 2,48% durante el año pasado”

Duarte explicó que este comportamiento se explica en el alza del IVA a tiquetes aéreos y la salida de dos aerolíneas del mercado