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Según conoció en exclusiva LR, el laudo entre Opaín, que tiene al Grupo Odinsa como mayor accionista, y la ANI falla a favor del concesionario al señalar que actuó en el marco de sus obligaciones contractuales y respetando las condiciones para el uso del Puente Aéreo por parte de Avianca. Una fuente gubernamental le dijo a LR que en este proceso “el contrato decía que Avianca debía salir de ahí para que las aerolíneas regionales entrarán a operar en el Puente Aéreo”.
En ese sentido, el laudo arbitral que se definió este lunes precisa que Opaín está obligado a cumplir y hacer cumplir este contrato de arrendamiento que existe con la aerolínea del inversionista colombo brasileño Germán Efromovich. Vale recordar que Avianca ha operado el Puente Aéreo desde 1981.
En cuanto a las multas, LR pudo conocer que la mayoría de las multas que el Gobierno pretendía imponer al concesionario no se podrán dar, debido a que el concesionario ya se encuentra al día en la ejecución de los trabajos que tenía retrasados y que eran originarios de las sanciones.
Sin embargo, la ANI tiene hasta el próximo lunes 7 de septiembre para realizar al Tribunal de Arbitramento una solicitud de aclaración del laudo arbitral emitido ayer. De no presentarse ninguna petición de una aclaración al Tribunal de Arbitramento, la decisión quedará en firme, tal y como lo contempla actualmente. Desde abril de 2014, el Puente Aéreo y su operación ha sido la ‘papa caliente’ entre el concesionario y el Gobierno.
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