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De ahora en adelante, estos suplementos y productos que se producen en los cuatro países de la Alianza del Pacífico, Chile, Colombia, México y Perú, se podrán vender en estos países teniendo el certificado sanitario de uno de los cuatro.
De acuerdo con la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Claudia Lacouture, "avanzamos en la armonización de la regulación que rige a esos productos y que son de interés para los cuatro países de la Alianza del Pacífico. Ultimaremos este tema en la Cumbre Presidencial en Cali, en la última semana de junio. Esto se enmarca dentro de nuestra política de facilitación del comercio y eliminación de barreras para aumentar la diversificación de las exportaciones”.
Cabe destacar que en el caso de los suplementos alimenticios, se armonizaron los requisitos técnicos y sanitarios y eliminaron algunos considerados innecesarios.
Igualmente, hubo un acuerdo en los lineamientos para que estos productos se puedan vender libremente en cualquier establecimiento de los cuatro mercados.
Con cuatro votos a favor, el Emisor acordó mantener en 9,25% los tipos, este porcentaje lo revisarán en enero del año que viene, cuando estiman que podría aumentar
En Colombia, la UVT se utiliza principalmente para calcular impuestos, sanciones y otros tributos que deben pagar personas naturales y jurídicas
Se establece que el impuesto "se genera por la posesión del mismo al 1 de enero de 2026, cuyo valor sea igual o superior a 40.000 UVT ($1.991 millones)"