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ECONOMÍA

¿Subirán más mis pagos? y otras preguntas de la tributaria

martes, 25 de octubre de 2016
Foto: Archivo
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¿Todas las empresas tendrán que aplicar la factura electrónica?
Con el tiempo será obligatoria la implementación de la factura electrónica para las empresas. Hasta ahora, solo se ha hecho un plan de estudio. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) tiene una muestra de empresas y está trabajando para desarrollar el sistema y aplicarlo una vez esté listo. Horacio Ayala, exdirector de la Dian, señaló que eso requiere de un trabajo tecnológico para que la emisión de facturas sea segura. 

¿Cuánto tendré que pagar en renta, Cree y sobretasa?
La reforma Cárdenas elimina el Cree y la sobretasa, y unifica todo en el impuesto de renta, que tendrá una tarifa de 32%. Sin embargo, este 32% no se aplicará desde 2017, sino desde 2019, ya que el impuesto será regresivo, es decir, que irá disminuyendo: para 2017 será de 34% y para 2018 de 33%. Con la reforma tributaria actual, las empresas tendrían que pagar una tasa de impuesto de renta de 42% en 2018 y de 43% en 2019.

Si estoy en una zona franca, ¿tendré beneficios tributarios?
Sí. Sin embargo, habrá un solo tipo de zona franca, que tendrá una tarifa de renta de 24% para 2017, de 23% para 2018 y de 22% para 2019 para usuarios operadores e industriales. Los usuarios comerciales pagarán la tarifa general de renta, que será de 32% para 2019. Además de esto, los usuarios que tengan una base gravable de $800 millones tendrán que pagar una sobretasa de 5% para 2017 y de 3% para 2018.

Si soy un comerciante, ¿tendré que pagar el monotributo?
No. El monotributo es un impuesto voluntario que podrá pagar si usted es una persona natural, con un negocio ubicado en un local de 50 metros cuadrados o menos, y si tiene ingresos anuales que vayan desde $41,6 millones hasta $104,1 millones. Recuerde que si decide no aplicar el monotributo, seguirá declarando renta como lo hace hoy; pero si decide hacerlo, su pago reemplazará la cantidad que hoy destina para ese tributo.

¿Puedo pagar los impuestos de mi empresa en plazos?
Sí. Aunque muchas empresas están preocupadas por la forma en que se pagará la reforma tributaria, hasta el momento no se ha dicho que el calendario tributario que se ha mantenido se cambiará. Hugo Ospina, presidente del Instituto de Contadores Públicos, aclaró que las empresas pueden pagar sus impuestos en plazos, pues en el calendario se les da la opción de que hagan unos pagos anticipados antes de la declaración. 

¿Cuáles son las deducciones que puedo hacer?
A la hora de calcular los impuestos que una empresa debe pagar, se pueden tener en cuenta ciertas inversiones para deducirlas de lo que debe tributar. Por ejemplo, las inversiones que hizo en fuentes de energía no convencionales (deducción de 150%), las realizadas en ciencia, tecnología e innovación (deducción de 100% y descuento de 20%); las que hizo por reforestar y ayudar al medio ambiente (descuento de 20%) y las donaciones (descuento de 20%).

Impuestos regresivos

Una de las expresiones que se ha repetido en la discusión de la reforma cárdenas es la de impuestos regresivos, pues se usa para explicar cómo será desde 2017 la tarifa de renta para las empresas. esta expresión significa que cada vez las compañías tendrán que pagar menos por renta. en 2017 el pago será de 34% y para 2019 será de 32%. 

Glosario

Dian: es la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, entidad que se encarga de garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias aduaneras y cambiarias.

Cree: es el impuesto de renta para la equidad que desaparecería de ser aprobado el proyecto de reforma Cárdenas.

Sobretasa: es un impuesto que se cobra adicional al Cree y que aunque será eliminado en la reforma Cárdenas, se mantiene para 2017 y 2018. 

Monotributo: es el impuesto que será de pago voluntario para comerciantes con locales de menos de 50 metros cuadrados. 

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