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Ecopetrol
El acuerdo de participación es un contrato de colaboración empresarial que no implica la creación de una nueva persona jurídica
La Superintendencia de Industria y Comercio informó el inicio de un procedimiento administrativo para evaluar una operación de integración empresarial entre Ecopetrol S.A. y Gran Tierra Energy. Hay que aclarar que la solicitud no contempla la creación de una nueva persona jurídica, sino que se trata de un acuerdo para que ambas empresas unan esfuerzos en la exploración, producción y operación de hidrocarburos.
Según la entidad, la actuación se adelanta en cumplimiento del artículo 17 de la Ley 1340 de 2009, modificado por el artículo 156 del Decreto Ley 19 de 2012, y corresponde a la fase inicial de análisis de una integración económica notificada por las compañías.
De acuerdo con el documento, la solicitud fue radicada bajo el número 26-102314-00 el 18 de marzo de 2026 y posteriormente complementada el 20 y el 26 de marzo del mismo año, en el marco de un trámite de pre-evaluación ante la autoridad de competencia.
Aunque en el radicado no se detallan porcentajes, la operación proyectada contempla la suscripción de un acuerdo de participación entre las dos empresas para el desarrollo conjunto de actividades en el sector de hidrocarburos. En una primera etapa, Gran Tierra recibiría un porcentaje de la producción incremental de los campos, mientras que en una segunda fase accedería a un porcentaje de la producción total, junto con otros derechos y obligaciones derivados del convenio.
Específicamente, la integración proyectada entre las compañías está relacionada con los campos de Tisquirama y San Roque, que forman parte del Área de Operación Directa Tisquirama, según el Convenio de Explotación de Hidrocarburos celebrado entre Ecopetrol y la ANH.
"El Acuerdo de Participación es un contrato de colaboración empresarial que no implica la creación de una nueva persona jurídica, sino la unión de esfuerzos entre las Partes para combinar recursos, experiencia y capacidades en el desarrollo de actividades de exploración, producción y operación de hidrocarburos en el Área de Operaciones del Convenio", se lee en el radicado.
El procedimiento continuará con la revisión técnica por parte de la autoridad, que determinará si la operación requiere condiciones adicionales o puede avanzar en los términos propuestos por las empresas.
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