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Quienes no hagan uso razonable y ahorro eficiente del agua serán sancionados como consagra el artículo 328 del Código Penal Colombiano, que señala prisión de 4 a 9 años y multas hasta de $ 22.552´250.000 dependiendo del nivel de afectación.
Esa entidad en coordinación con las Alcaldías municipales, aplicará la ley 1259 de 2008 que establece el llamado Comparendo Ambiental a los infractores de las normas de aseo, limpieza y recolección de escombros.
Los Comandos de Policía adelantarán planes educativos, disuasivos, campañas de divulgación, y de acuerdo con las circunstancias de abuso o explotación indebida de los recursos naturales, impondrán los correctivos que establece la ley.
De acuerdo con cifras oficiales, el 95% de los incendios forestales son provocados por el ser humano, en su gran mayoría por negligencia, razón por la que la Policía dispuso de un grupo de investigación criminal que en cada departamento estará atento a asumir las averiguaciones frente a los incidentes de este tipo.
Esa entidad también intensificará los controles administrativos para vigilar el lavado de vehículos, motocicletas y otros elementos, en cumplimiento de la resolución 493 de 2010 de la CRA, “por la cual se adoptan medidas para promover el uso eficiente y ahorro del agua potable, y desincentivar su consumo excesivo”.
En abril, la confianza del consumidor disminuyó en tres de las cinco ciudades analizadas y en los tres niveles socioeconómicos
Centros meteorológicos han advertido que el evento climático de este año podría convertirse en un súper El Niño, comparable con el registrado hace tres décadas
Durante el trimestre móvil enero a marzo, el Dane reportó 2,63 millones de jóvenes entre 15 y 28 años que no estudian ni trabajan, lo que representa una caída anual de 1,8%