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Quienes no hagan uso razonable y ahorro eficiente del agua serán sancionados como consagra el artículo 328 del Código Penal Colombiano, que señala prisión de 4 a 9 años y multas hasta de $ 22.552´250.000 dependiendo del nivel de afectación.
Esa entidad en coordinación con las Alcaldías municipales, aplicará la ley 1259 de 2008 que establece el llamado Comparendo Ambiental a los infractores de las normas de aseo, limpieza y recolección de escombros.
Los Comandos de Policía adelantarán planes educativos, disuasivos, campañas de divulgación, y de acuerdo con las circunstancias de abuso o explotación indebida de los recursos naturales, impondrán los correctivos que establece la ley.
De acuerdo con cifras oficiales, el 95% de los incendios forestales son provocados por el ser humano, en su gran mayoría por negligencia, razón por la que la Policía dispuso de un grupo de investigación criminal que en cada departamento estará atento a asumir las averiguaciones frente a los incidentes de este tipo.
Esa entidad también intensificará los controles administrativos para vigilar el lavado de vehículos, motocicletas y otros elementos, en cumplimiento de la resolución 493 de 2010 de la CRA, “por la cual se adoptan medidas para promover el uso eficiente y ahorro del agua potable, y desincentivar su consumo excesivo”.
La ley de prohibición de plásticos iniciará el primer plazo en julio, una industria que vende $31 billones y genera 230.000 empleos
Los apoyos se han materializado a través del programa ´Emprendimientos productivos diversos´, dirigido a grupos con barreras de inserción en el mercado laboral
Colombia romperá relaciones con Israel en caso de que ese país no acate una resolución del cese al fuego en la Franja de Gaza