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En primera instancia, el reglamento de venta fijó la venta de activos, pasivos y contratos de la entidad, al igual que las acciones de Esimed. Otro punto importante que se plantea en el documento es que “los particulares que presten servicios de salud y administren recursos públicos, y con mayor razón quienes, como este consorcio, asumen el aseguramiento en salud de la población, son objeto del control y vigilancia por parte de esta entidad”.
La Procuraduría también aprovechó para manifestar su descontento ya que “resulta inadmisible que a dos días de formalizarse el contrato, no estén claros temas esenciales como los pasivos que asumirá el comprador, las partes que definitivamente integrarán el consorcio, la forma y tiempos precisos de pago, y el monto y naturaleza de las acreencias que se compensan con el pago del precio convenido”.
Por lo que invitó al Gobierno y al consorcio adjudicatario que publicamente acalren los elementos esenciales que se llevaron a cabo en la compra de Cafesalud.
El gremio del sector transporte recalcó que en el proceso que se inicia con Cuervo será vital la generación de acuerdos y consensos
La orden fue mediante un fallo de tutela, y el juez ordenó a entidades como los ministerios de Minas y Energía y del Interior a que se reconozca el cabildo indígena