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La prohibición se hará efectiva a partir desde el primer día de enero de 2021
Hoy, el Presidente Ivan Duque, firmó la norma aprobada por el Congreso de la República que impedirá que se explote, comercialice, importe, distribuya o exporte cualquier variedad de asbestos y los productos que los contengan.
Asimismo, esta ley da al Gobierno Nacional cinco años desde que empiece a ser efectiva para formular una política que permita reemplazar el asbestos que ya fue instalado en edificaciones. Debido a que esta ley fue sancionada no podrán otorgarse concesiones, licencias, permisos o prórrogas para la explotación y exploración de asbesto en el país.
Las sanciones no solamente aplicarían para grandes maquinarías y empresas, también contempla sanciones para las personas naturales o jurídicas que incurran en las prohibiciones mencionadas.
A partid esta ley también se crean dos figuras: la Comisión Nacional para la Sustitución del Asbesto y la Ruta de Atención Integral para Personas Expuestas al Asbesto
La primera estará conformada por representantes de los ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Salud y Protección Social, Comercio, Industria y Turismo; Minas y Energía, y Trabajo. También incluirá miembros de la sociedad fuera del Gobierno como Colciencias, un veedor ciudadano y un representante de las universidades.
La segunda figura ofrecerá información y orientación acerca de los derechos, medidas y recursos con los que cuentan los afectados. También facilitará la información sobre trámites médicos y legales para que los afectados por este material obtengan diagnóstico y tratamiento.
El cálculo se hizo tras conocerse el resultado del análisis de la información de suficiencia que sirve de base para el dato
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