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Presidente de Colombia, Gustavo Petro
JUDICIAL

Presidente Petro elegirá un comandante militar para dirigir operaciones por conmoción

jueves, 30 de enero de 2025
Foto: Presidencia de Colombia

El jefe de Estado, Gustavo Petro, tiene plenas facultades que le da el decreto de conmoción interior, para comandar los planes de seguridad

Siguen publicándose los decretos desprendidos de la conmoción interior, que firmó Presidencia la semana pasada para contener la situación de violencia que ocurre en Catatumbo. Uno de ellos va centrado en la seguridad de los ciudadanos que allí viven.

El ministerio de Defensa deberá acoplarse a las instrucciones dada por el presidente Gustavo Petro, así está establecido el decreto 0118 que forma parte de la conmoción interior. Pues el jefe de Estado designará un comandante militar para que ejerza el control operacional sobre los efectivos de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, durante la vigencia de este estado en los municipios en los que se declaró la conmoción.

Entre sus funciones está planear, coordinar y conducir las operaciones militares y operativos policiales necesarios para conjurar las causas de la perturbación al orden público e impedir la extensión de sus efectos en la zona.

También tiene las facultades para emitir las órdenes a los comandantes militares y de la Policía de las unidades asignadas bajo su control operacional, para conjurar las causas de la perturbación al orden público e impedir la extensión de sus efectos.

El comandante designado está en la obligación de garantizar el respeto de los derechos humanos y la aplicación del Derecho Internacional Humanitario en todas las operaciones militares y operativos de policía. Así como de adoptar las medidas necesarias para que evitar que, en las operaciones militares y operativos policiales, se produzcan abusos o extralimitaciones por parte de las autoridades.

Otra de sus funciones será articular los servicios de inteligencia y contra inteligencia de la Fuerza Pública que permitan contrarrestar y afrontar la situación de orden público.

En medio de esta crisis de seguridad deberá suspender temporalmente la vigencia de permisos de porte de armas de fuego en las zonas que considere pertinente y coordinar el cumplimiento de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional para conjurar las causas de la perturbación al orden público e impedir la extensión de sus efectos.

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