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HACIENDA

Petro dijo que ganancias de la banca crecieron por alza constante de la tasa del Emisor

miércoles, 25 de febrero de 2026

Petro dijo que ganancias de la banca crecieron por alza constante de la tasa del Emisor

Foto: Presidencia

El presidente aseguró que el paquete de decretos de la emergencia económica buscan recursos de empresas de acumulación rentística

En el marco de la emergencia económica, el Gobierno expidió un paquete de cinco decretos que incluyen, entre otras medidas, el establecimiento de impuesto al patrimonio para personas jurídicas. Frente a esto, el presidente Gustavo Petro argumentó que la búsqueda de recursos recae sobre empresas con acumulación rentística y advirtió que el sector financiero ha crecido en los últimos años de manera importante por el aumento de tasas por parte del Banco de la República.

"El sector financiero tiene en los últimos años un crecimiento inusitado de ganancias derivado del alza permanente de la tasa de interés real", precisó el mandatario por medio de su cuenta de X.

El jefe de Estado también afirmó que la emergencia económica declarada en razón de la crisis climática y el rebose de varios embalses, "busca recursos de empresas de acumulación rentística no productiva en el sector financiero y extractivo minero energético, de tal manera que haga el daño menor posible a la producción real".

El nuevo impuesto al patrimonio s se fijó con la expedición del Decreto 0173 de 2026, con el cual el Ministerio de Hacienda y de Crédito Público adicionó el numeral 6 al artículo 292-3 del Estatuto Tributario e indicó que la medida aplicará para la vigencia de 2026 y cobijará a personas jurídicas y sociedades de hecho que sean contribuyentes del impuesto sobre renta y complementarios.

En el artículo 2 de la norma, el Ejecutivo señaló que el gravamen se genera por la tenencia de un patrimonio que, al 1 de marzo de 2026, sea igual o superior a 200.000 UVT, equivalentes a $10.474 millones, bajo un concepto de patrimonio líquido "calculado tomando el total del patrimonio bruto del contribuyente poseído en la misma fecha menos las deudas a cargo del contribuyente vigentes en esa fecha".

La tarifa aplicable será de 0,50% y regirá para instituciones financieras, aseguradoras, sociedades comisionistas de bolsa y agropecuarias, bolsas de productos agroindustriales y proveedores de infraestructura del mercado de valores. Por su parte, se aplicará una de 1,6& para personas jurídicas que desarrollen actividades de extracción de hulla, lignito o petróleo crudo.

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