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Sin embargo para que los dueños de los establecimientos, y personas de a pie puedan ir asimilando este nuevo impuesto de forma más tranquila, la Dian ha informado que podrán seguir vendiendo sus productos con la tarifa anteriormente establecida, que era el IVA de 16% o 5%, según correspondiera, sólo hasta que se agoten existencias o como plazo máximo hasta el 31 de enero de 2017. Pero se aclara que desde el primero de febrero del 2017 todos los bienes deben tener ya la nueva tarifa incorporada.
Este cambio gradual, según información de la Dian, sólo aplicará para los establecimientos que tengan bienes y/o servicios exhibidos en los mostradores con venta al público o con el precio marcado directamente en el producto. Como se estipuló en la reforma, desde el primero de enero bajarán las tarifas de bienes establecidos como productos de cuidado femenino, bicicletas con un valor menor a 50 UVT y los vehículos eléctricos.
Como aclaración final la Dian dijo que con base en el Estatuto Tributario, en materia del IVA, serán dos periodos gravables el bimestral, que corresponde a los meses de enero y febrero, y el cuatrimestral que es periodo emprendido entre enero y abril de cada año.
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