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TRANSPORTE

MinTransporte publicó borrador del proyecto que reglamenta los motocarros

lunes, 30 de julio de 2018

Norma contempla que este tipo de vehículos se podrá utilizar como rutas alimentadoras en tramos con difícil movilidad

Colprensa

El Ministerio de Transporte publicó este lunes un borrador de la resolución con la que se busca autorizar y reglamentar el uso de los motocarros en la prestación del servicio público terrestre de pasajeros en el país.

La norma contempla que este tipo de vehículos se podrá utilizar como rutas alimentadoras en algunos tramos que presenten dificultades en la cobertura de los sistemas de transporte público en las diferentes ciudades del país.

“Estos tramos serán los comprendidos entre el lugar de origen o destino del pasajero y el punto de acceso o descenso de este a la de la ruta o Sistema de Transporte, en el que las condiciones especiales, socioeconómicas, topográficas, geográficas, dificultan la utilización de vehículos tradicionalmente homologados para el transporte público de pasajeros, haciendo más eficiente esta alimentación usando vehículos clase motocarro”, señala la resolución.

Asimismo, se contempla que a estos tramos se les denominará como de 'Alimentación en Primera y Última Milla del Sistema en vehículo Motocarro', en donde se deberá determinar el número de vehículos que se necesitan para cubrir la ruta.

Estas disposiciones, según el borrador del proyecto, serán aplicables a los Sistemas Integrados de Transporte Masivo (Sitm); Sistemas Estratégicos de Transporte Público (Setp); Sistemas Integrados de Transporte Público (Sitp), y los Sistemas Integrados de Transporte Regional (Sitr) y dentro de sus rutas alimentadoras y áreas de operación e influencia.

En ese sentido, el viceministro de Transporte, Andrés Chaves, aseguró que “los bicitaxis y los motocarros son un buen complemento a los SITP y a los SETP. Atienden demanda insatisfecha, optimizan recursos e integran a la ciudadanía a una movilidad urbana legal y segura”.

El proyecto también resalta que las empresas habilitadas para la prestación del servicio público de transporte sólo podrán hacerlo con vehículos matriculados o registrados para dicho servicio, previamente homologados ante el Ministerio de Transporte y sus entidades adscritas. Además, deberán cumplir con las especificaciones y requisitos técnicos de acuerdo con la infraestructura de cada modo de transporte que se vaya a implementar.

Esta regulación entraría a operar debido a que las necesidades del servicio de transporte de las personas en varias poblaciones y ciudades del país se han venido cubriendo con un servicio ilegal e informal, los cuales no garantizan las condiciones mínimas de seguridad y calidad a los usuarios que vienen utilizando los motocarros, vehículos que se han venido implementando en varias regiones del país, principalmente la región caribe.

El Ministerio de Transporte también aseguró que este borrador del proyecto es publicado para que durante los siguientes 15 días se reciban sugerencias, comentarios y observaciones de los actores interesados. En ese sentido, la resolución en firme estará a cargo del gobierno del presidente electo, Iván Duque, y su ministra de Transporte, Ángela María Orozco.

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