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Dentro de los cambios propuestos por el ministerio está la disposición de sillas y grupos de personas, así como el manejo de alimentos y bebidas
El Ministerio de Salud y Protección Social entregó parámetros de bioseguridad para la prevención de la transmisión del covid-19 en salas de cine, teatros, autocines y autoeventos a través de Resolución 1746 de 2020.
Uno de los principales cambios, determinados en el documento, está relacionado la disposición de las sillas para guardar el distanciamiento, garantizando que los espacios para cada asistente individual o grupos están claramente señalizados y delimitados.
Para los servicios de alimentos y bebidas se autoriza la venta presencial, además de la virtual, conservando el distanciamiento físico de dos metros entre personas. Además, los alimentos y bebidas comprados por los asistentes se deben entregar empacados, de tal manera que no estén expuestos al medio ambiente mientras los asistentes transitan hacia su ubicación.
Según Claudia Cuéllar, directora (e) de promoción y prevención del Minsalud, “Los grupos familiares o de personas que residan en la misma vivienda podrán utilizar máximo cuatro sillas o espacios continuos, guardando el distanciamiento de dos metros con otros grupos de espectadores y asistentes” además no podrán consumir alimentos ni bebidas adquiridos en otros establecimientos de comercio.
En el caso de los nuevos autocines y autoeventos, la venta de confitería se realizará únicamente al momento de la compra de la boletería, según el canal de venta designado por el responsable de la función/exhibición, quien a través de su personal se encargará de entregar los productos directamente en cada vehículo.
Un elemento que destaca de la comunicación es que bajo toda circunstancia está prohibido el consumo de bebidas embriagantes en salas de cine, teatros, autocines, autoeventos y otras infraestructuras de las artes escénicas
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