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MinMinas actualizar reglas de Colombia Solar
ENERGÍA

MinMinas actualizó las reglas de instalación de sistemas de Colombia Solar

jueves, 2 de julio de 2026

MinMinas actualizar reglas de Colombia Solar

Foto: Ministerio de Minas y Energía

La resolución (en fase de comentarios) define las reglas para administración de recursos, operación y mantenimiento

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El Ministerio de Minas y Energía compartió un proyecto de resolución con el que actualiza la reglamentación del programa Colombia Solar en cuanto al acceso de los estratos bajos al servicio de energía desde fuentes fotovoltaicas.

“Con Colombia Solar queremos que miles de familias pasen de ser únicamente consumidoras de energía a convertirse también en generadoras. Esta nueva reglamentación nos permite acelerar el acceso a energía limpia, reducir el costo del servicio para los hogares más vulnerables y consolidar una transición energética que beneficie directamente a la gente”, aseguró el ministro de Minas y Energía, Edwin Palma.

La resolución, que está en fase de comentarios, define las reglas para la administración de los recursos, la operación y mantenimiento de los sistemas solares fotovoltaicos, así como los criterios de focalización y priorización de los beneficiarios.

“Estamos construyendo un programa sólido, con criterios técnicos para que las inversiones lleguen primero a los territorios con mayores necesidades. Colombia Solar también combate la pobreza energética y fortalece la seguridad energética del país”, agregó el ministro.

Algunos puntos que incluye la resolución son que los activos del Programa Colombia Solar solo podrán ser usados para beneficiar a usuarios de los estratos 1, 2 y 3 del Sistema Interconectado Nacional y a usuarios de las Zonas no Interconectadas. Además, los agentes y usuarios vinculados al programa no podrán disponer libremente de estos activos.

En cuanto a las actividades de administración, operación y mantenimiento, en el primer año de implementación del servicio las actividades de AOM estarán a cargo del contratista derivado del proyecto, sin perjuicio de las garantías, pólizas y obligaciones contractuales aplicables. A partir del segundo año de AOM y hasta completar el horizonte de 25 años, el Ministerio de Minas y Energía podrá transferir la propiedad de la infraestructura eléctrica al Agente Comercializador.

"Estamos construyendo un programa sólido, con criterios técnicos para que las inversiones lleguen primero a los territorios con mayores necesidades. Colombia Solar también combate la pobreza energética y fortalece la seguridad energética del país”, agregó Palma.

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