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ECONOMÍA

Minambiente busca proteger reservas ambientales de la minería

martes, 2 de julio de 2013
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Colprensa

Para proteger los recursos naturales estratégicos de cualquier actividad minera, el ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Juan Gabriel Uribe, estableció temporalmente reservas que no pueden ser objeto del otorgamiento de títulos.

Dicha resolución, la 725 del 2013, que fue firmada por los ministros de Minas y Ambiente, dio vía libre al principio de precaución ambiental, “para establecer reservas de recursos naturales temporales excluibles dentro del Catastro Minero en la entrega de títulos”. 
 
Según el ministerio y el propio jefe de la cartera de Ambiente, esta decisión de la creación de reservas se tomó en relación a una política de Estado que busca la protección efectiva de los recursos de la nación. Igualmente, esta iniciativa tiene como objetivo corregir los inconvenientes que se han presentado en el otorgamiento de títulos mineros. 
 
“Además queremos garantizar la protección del medio ambiente, los recursos naturales del país y proporcionar seguridad jurídica”, indicó Uribe. 
 
El Ministerio también ha informado, que con base en dicho decreto, la resolución establecerá que la duración de las reservas de recursos naturales de manera temporal, es de un año. Sin embargo, este plazo podría prorrogarse otro año más. 
 
"La medida de precaución tendrá vigencia mientras se adelantan o avanzan los procesos de delimitación y declaración definitivos de zonas excluidas de la minería", señaló. 
 
Asimismo, el ministerio informó que los sitios que son prioridad en cuanto a la conservación y que están establecido en el Conpes 3680 de 2010, son: el área de ampliación del Parque Nacional natural Chiribiquete (Guaviare - Caquetá), algunas áreas de la Orinoquía, la Playona Acandí (Chocó), así como algunas zonas que cuentan con bosque seco tropical. 
 
“Los sitios y ecosistemas establecidos temporalmente como Reservas de Recursos Naturales tienen como fundamento las prioridades establecidas en el Conpes 3680 de 2010, las sentencias de la Corte Constitucional C-339 y C-293 de 2002, el Plan Nacional de Desarrollo y el artículo 47 de Código de Recursos Naturales, que consagra la creación de las Reservas de Recursos Naturales Renovables Temporales” resaltó Uribe. 
 
En ese sentido, Uribe, dijo que ante la inminente solicitud de otorgamiento de títulos mineros, se debe establecer una delimitación de las zonas que han sido declaradas protegidas y que estarían ajenas a todo tipo de explotación minera. Para eso, según el Ministro, se impondrán restricciones para el desarrollo de dicha actividad. 

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