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Durante el gobierno de Juan Manuel Santos se había objetado.
La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró inexequible el proyecto de ley que eliminaba el cobro por reconexión de los servicios públicos domiciliarios para los estratos uno, dos y tres después de revisar las objeciones realizadas durante el gobierno Santos.
Cabe aclarar que la decisión no se tomó por los argumentos del Gobierno, sino porque la insistencia presentada por el Congreso para que sea declarada Constitucional después del periodo establecido.
La Corte ya le había dado el visto bueno a la Ley, pero en ese momento el presidente Juan Manuel Santos se abstuvo a firmar el proyecto de ley al creer que era inconveniente e inconstitucional. Asimismo consideró que si la empresa de servicios no asumía el costo, este se trasladaría a los usuarios. Aún así el Congreso la envío otra vez a la Corte, quedando fuera de los establecido en la Ley de dos legislaturas.
El jefe de Estado señaló que este precio no sería favorecedor nisiquiera para la cuenca de Permian, un punto clave para los ingresos de Ecopetrol
En cuanto a las actividades primarias tuvieron un crecimiento de 0,35% frente a lo registrado en el décimo mes del año pasado
El presidente de la Andi alertó que actividades esenciales para el país como la minería y la construcción muestran un crecimiento muy "por debajo de su potencial"