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La Superintendencia de Transporte emitió una circular en la que prohíbe los convenios exclusivos para el servicio de taxi
Por medio de una circular externa, la Superintendencia de Puertos y Transporte prohibió que las terminales y los aeropuertos del país realicen convenios exclusivos con empresas para que presten el servicio de taxi para los viajeros.
La entidad señala que los administradores y los operadores de las terminales y los aeropuertos no tienen la autonomía de designar o seleccionar a las empresas de servicio públicoque puedan ingresar a sus instalaciones y menos para negar el acceso a cualquier empresa que no esté dentro de un convenio previo.
"El acceso a las terminales de transporte y aeropuertos no puede estar condicionado a la vinculación de las empresas, conductores o propietarios a esquemas asociativos, ni a pagos a estos esquemas. Así, tampoco pueden generarse cobros por los procesos de control que se implementen por el administrador y operador de la infraestructura", dice la circular de la SuperTransporte.
También advierte que los operadores no pueden restringir a unos vehículos y permitir a otros el acceso a vías privadas de uso público.
La decisión de la SuperTransporte se tomó luego de recibir numerosas quejas de taxistas a los que se les negaba el acceso a algunos aeropuertos del país por no estar dentro del convenio con el operador, quienes estaban asignando un derecho exclusivo para la oferta de servicio de taxi.
En relación con los aspectos financieros y de mercado, la SuperTransporte agregó que no se deben imponer cuotas o regulación económica del servicio a las empresas o administradores de esas infraestructuras de transporte, ni tampoco les corresponde decisiones sobre tipología vehicular.
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