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ECONOMÍA

'La Dian no estaría lista para la tributación de los dividendos': Mauricio Piñero

miércoles, 7 de marzo de 2012
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Andrea Carranza Garzón

Una de las propuestas que ha planteado el Gobierno para la reforma tributaria es la adopción del sistema clásico de tributación en el cual se grava tanto la sociedad como al socio.

Alrededor de este tema ha surgido un debate que ha sido discutido al interior del Instituto Colombiano de Derecho Tributario (Icdt) y que fue uno de los objetos de las XXXVI Jornadas del Derecho Tributario que se llevaron a cabo el mes pasado.

Su presidente, Mauricio Piñeros Perdomo, dijo en entrevista con LR que en su opinión personal el país no estaría listo para este tipo de sistema, debido a una debilidad en la capacidad de fiscalización de la Dian.

Producto de las Jornadas salió una propuesta de Adrián Rodríguez Piedrahita en la que se planteó una tarifa entre el 23% y el 27% para la sociedad y para los socios distribuciones entre el 10% y el 12,5%.

¿Es hora de hacer una reforma tributaria estructural?
Sí. Hace mucho tiempo es hora de hacer una reforma realmente estructural. Ya se ha vuelto un lugar común decir que el régimen tributario colombiano es una colcha de retazos, es el producto de una cantidad de leyes, de reformas pequeñas que se aprueban casi una vez al año y lo único que hacen son pañitos de agua tibia, son remiendos que representan intereses particulares.

El Gobierno ha planteado la tributación de los dividendos y las participaciones. ¿Cómo ve esta medida?
Este es un tema muy debatido al interior del Instituto y hay posiciones encontradas sobre si debe haber una tributación tanto a nivel de la empresa que genera la utilidad como a nivel del socio que recibe el dividendo, o solamente a nivel de uno de ellos. Hoy en día tenemos un sistema que de manera imperfecta grava únicamente esa utilidad en las empresas, no en los accionistas o socios.

¿Esta no sería la primera vez que se implentaría este sistema?
Con la Ley 75 de 1986 se estableció el impuesto sobre la renta y se eliminó la doble tributación entre la sociedad y el socio. Tal vez por razones administrativas se escogió en Colombia gravar las utilidades a nivel de las sociedades y no de los socios.

¿El país estaría listo para un tipo de sistema como ese?
Me atrevo a pensar que no. Por una debilidad administrativa de capacidad de fiscalización en la Dian. Es mucho más complejo fiscalizar a los socios, le añade complejidades administrativas a la Dian. Pero creo que no podemos esperar a tener una administración de impuestos perfecta para hacer las reformas. El Gobierno tendrá que dotar de los recursos a la Dian para que haga la fiscalización como debe hacerla y no esperar a tener una Dian bonita para hacer las reformas legales.

Algunos expertos afirman que este sistema permite la reinversión de las utilidades y un mayor crecimiento.
Eso es cierto y es uno de los puntos a favor de quienes pretenden gravar a los socios porque obviamente el impuesto solo se generaría cuando efectivamente la sociedad distribuya las utilidades, entonces ahí puede haber un incentivo a la capitalización de las empresas, a la retención de las utilidades, a la reinversión.

¿Por qué es necesario revisar el régimen de retención en la fuente?
Las tarifas de las retenciones son muy altas, dependiendo del concepto de pago pueden ir desde el 33% hasta el 1%. Estas tarifas pueden poner en peligro ciertas empresas porque los márgenes de rentabilidad de muchos negocios son muy inferiores a las propias tasas de retención. Esta estructura hace que las empresas generen saldos a su favor y tengan que solicitar devoluciones y sufrir mucho en el trámite, ya vimos lo que ocurrió el año pasado con el problema de las devoluciones.

¿Se debe revisar el mecanismo de devoluciones?
En la medida en que las retenciones se acomoden a la realidad económica de las empresas probablemente el nivel de devoluciones y compensaciones se disminuiría.

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