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Se verificó la existencia de prácticas de subvenciones del gobierno estadounidense a sus empresas
La Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias (CDB) del Indecopi dispuso, en primera instancia, la aplicación de derechos compensatorios definitivos (medidas comerciales correctivas), a las importaciones de etanol originario de los Estados Unidos, por un período de cinco años.
Esta decisión se dio luego de que la CDB verificara la existencia de prácticas de subvenciones, a través de programas de ayuda por parte del gobierno estadounidense a sus empresas, permitiendo que estas comercialicen etanol en el Perú, a precios artificialmente bajos.
De acuerdo a la investigación, realizada al amparo de lo establecido por la Organización Mundial de Comercio (OMC), dichas subvenciones ocasionaron un daño importante a la rama de la producción nacional (RPN), durante el período comprendido entre enero de 2014 a diciembre de 2016.
Así, los principales indicadores económicos de la industria nacional registraron resultados negativos como, por ejemplo, la producción orientada al mercado doméstico, las ventas internas, la participación de mercado, los beneficios y el crecimiento.
En ese sentido, mediante la Resolución N°152-2018/CDB-INDECOPI, del 06 de noviembre de 2018, la CDB concluyó el procedimiento de investigación (iniciado por Resolución N°107-2017/CDB-INDECOPI), tras la denuncia presentada por la empresa nacional Sucroalcolera del Chira S.A.
Se impusieron los siguientes derechos compensatorios definitivos sobre las importaciones de etanol originario de los Estados Unidos:

Esta decisión de la primera instancia administrativa se encuentra del plazo de apelación.
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