MI SELECCIÓN DE NOTICIAS
Noticias personalizadas, de acuerdo a sus temas de interés
"La Secretaría de Hacienda Distrital informó que para efectuar la liquidación y determinar el valor por pagar se deberá tener en cuenta la información de los ingresos percibidos durante el período y la tarifa asociada a la actividad económica del ciudadano", cita el comunicado.
Así mismo, indica que este impuesto se puede liquidar en línea ingresando al portal www.haciendabogota.gov.co, sección pagos y servicios. Desde este sitio virtual, donde el ciudadano debe diligenciar su formulario, del cual deberá sacar dos copias en impresora láser para pagar en cualquiera de las doce entidades bancarias autorizadas, dentro y fuera de Bogotá.
“Invitamos a los contribuyentes del ICA a que aprovechen esta oportunidad para hacer además el aporte voluntario, con el fin de lograr la financiación conjunta de los proyectos que garantizarán el fortalecimiento de la seguridad en la capital”, agregó la secretaria de Hacienda, Beatriz Elena Arbeláez Martínez.
La Secretaría de Hacienda recordó que el impuesto se calcula de acuerdo con el valor de los ingresos brutos obtenidos durante el año gravable, con base en la tarifa correspondiente al código de actividad que establece la Resolución 079 de 2013.
Durante la Convocatoria 2 de 2024, que se desarrolló entre el 24 de julio y el 2 de diciembre, se recibieron 76 proyectos que cumplieron con los requisitos
En octubre, la inflación se moderó por cuarto mes consecutivo y se espera que continúe con esta senda bajista en noviembre