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HACIENDA

Hasta el 14 de julio podrá pagar el predial en Bogotá sin incurrir en multas y sanciones

miércoles, 5 de julio de 2023

Sobre el impuesto vehicular, el plazo para pagarlo se vence el 28 de julio, hasta el pasado 2 de junio aplicaba descuento de 10%

La administración distrital dio a conocer el calendario tributario 2023, según el cual los contribuyentes tienen plazo para declarar y pagar el impuesto predial, sin descuento ni sanción, hasta el 14 de julio. El descuento para el predial aplicó hasta el pasado 12 de mayo, con un monto de 10%.

Cabe resaltar que también existe un método de pago por cuotas y sin intereses, siempre que presenten la declaración para acogerse al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (Spac) a más tardar el 26 de mayo de 2023. Si va a utilizar esta modalidad, debe tener en cuenta que la primera cuota se podía pagar hasta el 9 de junio; la segunda, el 4 de agosto; la tercera, el 6 de octubre, y la cuarta, el 1 de diciembre.

👉 Paga hasta el 14 de julio tu #PredialBogota 2023 sin descuento y evita posteriores cobros de sanciones e intereses por mora.

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— Hacienda Bogotá (@HaciendaBogota) July 2, 2023

El plazo para pagar el impuesto de vehículos también vence este mes. El descuento de 10% para esta obligación aplicaba hasta el pasado 2 de junio. Sin embargo, se puede pagar hasta el 28 de julio, sin descuento ni sanción.

Es importante recordar que los contribuyentes pertenecientes al régimen común y con pago bimestral del impuesto de Industria y Comercio (ICA), por su parte, tendrán de nuevo un solo plazo máximo en cada vencimiento, comenzando por el 14 de abril, para el pago del primer bimestre. Así sucederá con ReteICA, cuyos agentes de retención comienzan el año entrante sus vencimientos bimestrales a partir del 17 de marzo.

“Así mismo, los demás contribuyentes de ICA pertenecientes al régimen común, cuyo impuesto a cargo en 2022 no exceda los 391 UVT (14.859.564 pesos), deberán presentar por los medios virtuales adoptados por la Secretaría Distrital de Hacienda, una única declaración anual por la vigencia, a más tardar el 23 de febrero de 2024”, anotó el secretario Distrital de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez.

¿Cuales son las sanciones por no cumplir los plazos?

De acuerdo a la Secretaria de Hacienda, en caso de que el contribuyente exceda la última fecha de pago (14 de julio en el predial y 28 de julio en el vehicular) la multa corresponde a 1,5% del mes o fracción del mes sobre el valor del impuesto, pero sin exceder 100% del mismo. Y particularmente para el caso del impuesto vehicular, ninguna sanción puede ser inferior a la sanción mínima aplicable, que, para 2023, es de siete UVT ($297.000) para todos los vehículos automotores.

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