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INDUSTRIA

Gobierno reglamentó registro para productores y comercializadores de alcohol

lunes, 21 de diciembre de 2020

Las empresas y personas responsables tendrán un plazo de tres meses para que una vez registrados cumplan con su obligación

Sofía Solórzano Cárdenas

Por disposición del Gobierno Nacional, se reglamentó el registro único para productores, importadores, comercializadores, distribuidores y transformadores de alcohol potable y no potable.

La medida busca proteger la salud de los colombianos con el control del licor adulterado, y tener un mayor control de la evasión fiscal por parte de los actores de la industria.

Ahora, las personas que trabajen con el producto tendrán que registrarse en el Sistema de Información Integrado de Apoyo al Control de Impuestos al Consumo (Sianco) y reportar mensualmente información de producción, importación y transacciones. La normativa estará cobijada por el Decreto 1691, del 18 de diciembre de 2020.

En cuanto al proceso de transporte, las entidades que movilicen el alcohol potable a fabricantes de licores tendrán que contar con el Registro Único Nacional ante la Sianco. Esto para tener un mecanismo de trazabilidad sobre el producto, lo que ayudaría a prevenir la producción de licores adulterados.

“No solo debemos hacer todo lo posible por proteger a los colombianos de los riesgos del alcohol adulterado, también es importante recordar que las rentas del licor legal son fuente de financiación para los departamentos, generalmente para servicios de salud y educación", comentó el ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo.

El sistema Sianco será administrado por la Federación Nacional de Departamentos, y se creó con el fin de simplificar los trámites, procesos y procedimientos innecesarios de los impuestos al consumo de licores, vinos, aperitivos, entre otros, así como de cigarrillos y tabaco elaborado. "Sianco facilita, agiliza, estandariza y unifica la codificación, registro, trazabilidad y manejo de la información correspondiente”, señaló el ministro.

El Decreto especifica que el alcohol que no se registe adecuadamente podrá ser incautado por las autoridades de Policía, y decomisado por funcionarios competentes en cada departamento. Las empresas y personas responsables del registro tendrán un plazo de tres meses para cumplir con la obligación.

Entre los datos que tendrán que registrar se encuentra el nombre, número de identificación, su posición en la cadena; productor, distribuidor, etc; teléfono, dirección de la oficina principal y las sedes, bodegas o plantas de producción.

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