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“La expedición de este decreto es una noticia importante para todo el país, pero en especial para Bogotá y Medellín, que ya tienen iniciativas avanzadas como el Regiotram (Bogotá-Soacha; Bogotá-Facatativá) y el Tranvía de Ayacucho, respectivamente”, destacó la Ministra de Transporte, Natalia Abello Vives.
La nueva normativa establece los requisitos que deberán cumplir las empresas interesadas en prestar el servicio en esta modalidad de manera eficiente, segura, oportuna y económica a los usuarios.
Así mismo señala que el sistema de transporte masivo de pasajeros por metro ligero, tren ligero, tranvía y tren- tram deberá articularse con los demás modos de transporte público de pasajeros.
En ese sentido, el Gobierno Nacional busca que en los diferentes sistemas de transporte haya una integración operativa que permita la transferencia de pasajeros entre los modos. También una integración física y de recaudo. Este último para evitar nuevamente la pelea entre operadores, como lo ocurrido con Angelcom en Transmilenio.
El decreto precisa que las empresas legalmente constituidas, interesadas en prestar el servicio, deberán solicitar y obtener habilitación, previa asignación u otorgamiento del permiso de operación, adjudicado mediante procesos de selección o la celebración de un contrato de concesión o a través de contratos interadministrativos.
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