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TURISMO

Gobierno busca reglamentar los alojamientos turísticos y hospedajes para viajeros

lunes, 23 de julio de 2018

El Ministerio de Comercio, en cabeza de María Lorena Gutiérrez, lidera esta inciativa.

Juan Pablo Vega B.

El creciente auge en el turismo del país y la proliferación de diversos tipos de hospedaje han hecho que el Gobierno busque la forma de regular los tipos de alojamientos turísticos que existen actualmente para optimizar su control.

El Ministerio de Comercio prepara un decreto con el cual busca reglamentar la prestación de los alojamientos que son usados por los viajeros, al encontrar que este servicio “no se encuentra reglamentado, por lo tanto, se hace necesario establecer lineamientos generales para su prestación con el fin de proteger tanto al huésped como al prestador de servicios turísticos”.

Una primera parte de este borrador de decreto plantea que dentro de los alojamientos se encuentran, pero sin limitarse a ellos, “los hoteles, hostales, centros vacacionales, campamentos y todos aquellos que mantengan una oferta habitual en el servicio de hospedaje”.

Otra de las definiciones clave de este documento, que está publicado para comentarios, tiene que ver con los contratos de hospedaje, los cuales “deben estipular los términos y condiciones de forma clara, sencilla y específica del servicio contratado y, a solicitud del huésped, el prestador de servicios de alojamiento turístico deberá entregarle copia del mismo”.

Parte de las condiciones que se deberán cumplir está en dar información a los viajeros sobre los horarios para el registro y la salida, así como las consecuencias en caso de su incumplimiento. También señala que no se podrá hacer el cobro de los servicios contratados, sin que haya autorización previa.

Adicionalmente, el borrador de decreto del MinComercio busca reglamentar los seguros hoteleros, los cuales pueden ser tomados voluntariamente por el prestador de servicios y, de igual manera, podrá ofrecerlo a sus clientes, sin que esto sea obligación para el huésped del establecimiento.

Otro punto importante tiene que ver con las personas naturales no comerciantes que quieran prestar servicios de hospedaje. Este tipo de personas “no requieren de inscribirse en el Registro Mercantil. Sin embargo, son prestadores de servicios turísticos, por lo que deberán tramitar y actualizar el Registro Nacional de Turismo”, bajo el cumplimiento de determinados requisitos.

Adicionalmente, será responsabilidad de cada uno de los prestadores el tipo de publicidad con el que haga promoción a su negocio y deberá publicar las consecuencias legales de la explotación y el abuso sexual de menores y adoptar medidas para evitar esta práctica.

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