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“En manos del presidente Santos quedó la destitución de Petro”

miércoles, 19 de marzo de 2014
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En manos del presidente del República, Juan Manuel Santos, quedó la destitución del alcalde de Bogotá, Gustavo Petro Urrego, luego que la Sala Plena del Consejo de Estado negara una serie de tutelas que habían sido presentadas por varios ciudadanos y que tenían suspendida la sanción. 

En manos del presidente del República, Juan Manuel Santos, quedó la destitución del alcalde de Bogotá, Gustavo Petro Urrego, luego que la Sala Plena del Consejo de Estado negara una serie de tutelas que habían sido presentadas por varios ciudadanos y que tenían suspendida la sanción. 

Así lo explicó la presidenta del Consejo de Estado, magistrada María Claudia Rojas Lasso: “el Código Único Disciplinario establece que al Presidente de la República le corresponde la destitución, entre otros, de los alcaldes de los Distritos y esa es una función que él debe cumplir una vez se le comunique por parte del señor Procurador General”.

Esta comunicación, que deberá hacer el Procurador Alejandro Ordóñez, se producirá en un tiempo estimado de máximo dos semanas cuando sea publicada la sentencia del Consejo de Estado, con las debidas firmas de los consejeros, y con los salvamentos de voto de los ocho magistrados que se apartaron de la decisión.

En Sala Plena y en votación 15-8, la Corporación rechazó un total de 22 tutelas separadas en dos grupos distintos. El primero correspondió a ocho tutelas que fueron presentadas por ciudadanos que no estaban legitimados para hacerlo, porque tenían sus cédulas inscritas fuera de Bogotá y, tras certificación de la Registraduría, se verificó que no habían votado en las elecciones para la alcaldía.

El otro grupo de tutelas fueron falladas “revocando la decisión que venía del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que suspendía los efectos del acto del señor Procurador y ahora ese acto ha quedado para ser ejecutado”, según explicó Rojas Lasso.

En estas tutelas, el argumento central es que “el derecho a elegir y el derecho al control político no puede ir hasta el punto de cercenar la facultad disciplinaria que tenga el ente encargado de ejercer esa facultad”.

Entre estas tutelas está la que había fallado a favor de Petro el magistrado del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, José María Armenta, que fue negada por estimar que los derechos políticos no son absolutos y que uno de los límites es precisamente el control de organismos como la Procuraduría.

Así, con esta decisión de la Sala Plena, la destitución del alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, quedó en firme. No obstante, por ser un fallo de tutela, todavía puede ser objeto de control por la Corte Constitucional.

La magistrada Rojas Lasso indicó, además, que el alcalde Petro todavía puede presentar una acción de nulidad y reestablecimiento de derecho para lo cual tiene cuatro meses contados desde finales de enero cuando la decisión quedó notificada por edicto.

Preguntada sobre el proceso de revocatoria que se adelanta, la magistrada Rojas Lasso indicó que como ya hay decisión esta misma podría no adelantarse.

“Ya hay una decisión y el Consejo de Estado es consciente de la responsabilidad que tenía de fallar en forma oportuna y así lo ha hecho”, señaló al indicar que esta decisión fue tomada en derecho.

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