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María Fernanda Rojas, ministra de Transporte
El presidente de Asopoctax radicó una solicitud de incumplimiento sobre un fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca
El pleito entre el gremio de taxistas y el Ministerio de Transporte por el manejo de las tarifas dinámicas de plataformas como Uber, Beat, Cabify y DiDi se reactivó luego de que el presidente de la Asociación de Propietarios y Conductores de Taxis, Asoproctax, Hugo Alberto Ospina, radicó una nueva solicitud de cumplimiento e insistencia sobre una sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
El caso se remonta a 2015, cuando Ospina instauró una primera acción popular en contra del Gobierno y el MinTransporte, alegando la prevalencia del Estatuto del Consumidor en los procesos tarifarios de las aplicaciones de transporte, debido a que "el consumidor no puede estar sometido a que una plataforma le diga 'es que como está lloviendo, yo le cobro tres, cuatro o cinco veces más la carrera".
De esa forma, los alegatos del gremio taxista se relacionan con que, a su juicio, los usuarios están sometidos a un algoritmo tarifario que en los lapsos de tiempo en los cuales está lloviendo, hay mayor demanda o se presenta mucho tráfico, el precio del servicio aumenta de forma exorbitante. "A raíz de eso, fue que yo instauré estación popular para que prevalezcan los derechos de los consumidores", recalcó Ospina.
Con el recurso, el presidente de Asoproctax busca que el Ejecutivo cree una norma y fije las reglas tarifarias aplicables a plataformas privadas y a las empresas de taxis, de tal forma que todos los prestadores del servicio de transporte estén sometidas a una misma forma de cobro. A su vez, propende por que los alcaldes sean autorizados
La solicitud de insistencia de Ospina recae sobre el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en el que la Sala exhortó al MinTransporte y a un grupo amplio de plataformas, entre ellas Lieber Colombia S.A.S. (antes Uber Colombia), Beat Colombia, Cabify Transportes, Cabify Servicios TN, Asesorías CC SAS (antes DiDi Movility Colombia), Easy Taxi Colombia, Enterprise Kliip, Waycali, Emmago, Ovniapp y las sociedades extranjeras Uber B.V., Rasier Operations B.V. y Uber Mobility Information Technology Pte. Ltd., para que, "mientras se reglamenta el servicio de transporte privado intermediado por plataformas tecnológicas" adopten medidas tendientes a implementar la transparencia algorítmica".
También invita a las compañías a evitar la discriminación en precios, adoptar mecanismos eficaces de quejas y reparación, filtros y verificación de identidad, implementar herramientas tecnológicas de monitoreo y mejorar las condiciones técnicas y de seguridad.
Frente a la decisión, la cartera pidió precisar el alcance del fallo y la Sala advirtió que ese tipo de llamados son "requerimientos que se dictan en el marco de ausencias jurídicas que pueden poner en riesgo derechos y garantías constitucionales", pero que "no constituyen una orden judicial, entre otras, porque no existe un instrumento que lo haga exigible coercitivamente".
Con ese argumento, el tribunal concluyó de forma explícita que "el exhorto de que trata el numeral quinto de la sentencia del 24 de julio de 2025, no constituye una orden judicial" y, en el marco de esa misma providencia, sumó a la sociedad Suol Innovation Ltd. al grupo de plataformas exhortadas a incorporar las nuevas normas.
En vista del fallo proferido, Ospina pidió a la ministra de Transporte, María Fernanda Rojas, informar las acciones, por medio de las cuales ordenaría su cumplimiento por parte de las plataformas. Sin embargo, al no recibir respuesta, presentó la solicitud de insistencia, con la cual espera una respuesta vinculante por parte de la jefe de cartera.
El líder gremial aseguró que, antes del 15 de julio o incluso al finalizar la semana, "debe de haber sí o sí una decisión de la ministra", pues, de lo contrario, "estaría en un desacato que la llevaría a un arresto por incumplir una decisión judicial". Cabe aclarar que, de darse esa eventual consecuencia, estaría ligada al incumplimiento de la orden de tutela y no al exhorto de 2025, que, de acuerdo con el propio tribunal, no tiene ese carácter coercitivo.
Sobre el impacto que tiene la no actuación del Gobierno para resolver este conflicto, Ospina afirmó que el gremio de los taxistas se enfrenta a una competencia desleal, una "práctica restrictiva y un abuso del poder dominante", que no solo es generada por las plataformas privadas, sino también por la entrada de 1.000 motociclistas que trabajan por 70% menos la tarifa del taxímetro.
"Los taxistas estamos frente a una competencia desleal porque resulta que las plataformas tecnológicas en la hora pico bajan a la mitad del valor del servicio. Pulverizaron a su inmediato competidor, que somos los taxistas", resaltó. Como parte de su reclamo, adelantó que en la próxima actuación judicial buscará vincular a la Superintendencia de Industria y Comercio para que investigue esta práctica restrictiva "o que nos diga en qué estado está el proceso contra las plataformas tecnológicas".
De cara a la transición de gobierno, Ospina insistió en que espera una decisión de la ministra antes del 15 de julio. Pero, de no producirse, confirmó que trasladará su reclamo al gobierno entrante, al que hizo un llamado para que "acate las decisiones de la honorable Corte Constitucional, de tribunales y de jueces" y resuelva el conflicto de las tarifas.
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