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Según información de la Registraduría Nacional de Estado Civil, un total de 5.105 personas estaban habilitadas para participar en la consulta de hoy, lo cual significa que para alcanzar el umbral exigido en la Ley 134 de 1994 se necesitaba la participación de por lo menos 1.702 ciudadanos.
De acuerdo con el último boletín de preconteo, publicado a las 5:09 pm, se registraron 2.995 votos válidos que representan más de la tercera parte del censo electoral. Del total de votos válidos depositados en la consulta,” 2.971 votos fueron por el “no” y 24 votos fueron por el “sí”.
La decisión tomada por los habitantes del municipio de Piedras será obligatoria, de acuerdo con lo establecido por la Ley 134 de 1994 sobre mecanismos de participación ciudadana, que en el artículo 55 señala: “se entenderá que ha habido una decisión obligatoria del pueblo, cuando la pregunta que le ha sido sometida ha obtenido el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos, siempre y cuando haya participado no menos de la tercera parte de los electores que componen el respectivo censo electoral”.
Desde 1995 hasta el 2013,un total de 28 consultas populares han sido solicitadas en el país, de las cuales 15 han procedido y 14 no han procedido incluyendo la de Piedras realizada hoy domingo 28 de julio.
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