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Sala Plena de la Corte Constitucional, 2025
HACIENDA

Corte Constitucional revisará suspensión de la emergencia económica de diciembre

lunes, 6 de abril de 2026

Sala Plena de la Corte Constitucional

Foto: Colprensa

Uno de los tributos que contemplaba el pasado decreto de emergencia era el IVA de 19% a las bebidas alcohólicas y al tabaco

Pese a que actualmente está en vigencia la emergencia económica en relación a la temporada de lluvias que azotó, principalmente, al norte del país, la Corte Constitucional se encuentra en revisión de la emergencia económica que se decretó en diciembre de 2025, y que en el momento se encuentra suspendida. El próximo 9 de abril a las 9:00 a.m., la alta corte hara una revisión del documento.

Hay que recordar que la Corte Constitucional suspendió el decreto 1390 de la pasada emergencia económica en enero de este año. Uno de los tributos que contemplaba este documento era el IVA de 19% a las bebidas alcohólicas y al tabaco. También se contemplaban otras medidas como una contribución parafiscal de 2,5% sobre la utilidad antes de impuestos de todas las generadoras eléctricas y la contraprestación de 12% de la energía que las hidroeléctricas vendieran en bolsa.

En febrero, el presidente Gustavo Petro envió una carta a la Corte Constitucional en la que pidió que le levante las suspensión sobre este decreto, pues argumentó que la situación humanitaria se ha agravado de forma acelerada.

No obstante, la Corte Constitucional ya reveló alguna de las razones por las cuales suspendió provisionalmente el Decreto 1390 de 2025. Según el órgano, la emergencia generó afectaciones serias a los principios democráticos "y la suspensión provisional es necesaria para proteger la supremacía de la Carta Política".

Dentro del fallo de suspensión, el alto tribunal precisó que el "decreto 1390 de 2025 es prima facie, abierta o manifiestamente inconstitucional, debido a que, de las consideraciones del decreto y de los anexos remitidos por el Gobierno, surgen serias dudas sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 215 de la Constitución".

Y aunque el Ejecutivo argumentó en su momento que la emergencia también estaba fundamentada en los desastres naturales provocados por la ola invernal, la Sala negó que estos hechos fueran sobrevinientes y precisó que, incluso, el desastre nacional provocado por fenómenos naturales climáticos fue valorado y reconocido por el mismo Presidente de la República un año antes de la expidió del Decreto 1390 de 2025.

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